Fue eliminada tras la derogación de la norma que la creó por la Ley N° 15738.
[2] La iniciativa para otorgar esta condecoración la tenía el Presidente de la Orden o el Consejo Honorario.
[2] La condecoración se otorgaba a personas extranjeras en reconocimiento por actos meritorios o excepcionales prestados al país, o con base en reciprocidad tras las autoridades uruguayas recibir una condecoración similar de su parte.
[2] La Orden se podía revocar en caso de que el condecorado hubiese sido condenado por un delito o haber ejecutado actos lesivos a los intereses del país, en cualquiera de los casos, a juicio del Consejo Honorario.
[2] La Orden constaba de los siguientes grados o categorías:[1] Si la excepcionalidad del mérito o acción lo justificaba, podía otorgarse el grado inmediato superior al que originalmente correspondería al condecorado.