Orden Civil del Mérito Medioambiental

Esta orden fue creada mediante el Real Decreto 1036/2009, de 29 de junio, por el que se crea la Orden Civil del Mérito Medioambiental.

Esta norma se completa con la Orden del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (posteriormente Ministerio para la Transición Ecológica) ARM 3085/2009, de 13 de noviembre, por la que se aprueba el Reglamento de la Orden Civil del Mérito Medioambiental.

Esta orden posee las categorías siguientes: Establece el preámbulo del Real Decreto 1036/2009, de 29 de junio, por el que se crea la Orden Civil del Mérito Medioambiental, que éste tiene por finalidad la creación de la Orden Civil del Mérito Medioambiental en línea con el sistema de reconocimiento honorífico del Real Decreto 421/1987, de 27 de febrero, por el que se crea la Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario.

En todo caso la distinción y tratamientos tiene carácter personal e intransferible.

También existe una modalidad especial, la placa al mérito medioambiental, destinada a corporaciones, instituciones y otras personas jurídicas, públicas o privadas tiene las siguientes modalidades: La gran cruz y la placa en la categoría de oro, se conceden mediante Real Decreto y el nombramiento se debe publicar en el Boletín Oficial del Estado.

Encomienda de número de la Orden Civil del Mérito Medioambiental