Mutua colaboradora con la Seguridad Social

[4]​[5]​ Hacia 1910, las mutuas representaban cerca del 10 % de las primas, y su difusión, impulsada por los cambios legislativos, amplió esta cifra hasta el 30 % en 1960.

Además, la Ley Matos, rechazaba la posibilidad que la «imprudencia profesional» pudiese eximir al empresario de su responsabilidad.

Aunque fue aprobada, los patronos solo vieron satisfactorio en la Ley Matos que el seguro siguiera siendo voluntario y de gestión privada.

[1]​ Una vez inscritas en el registro existente al efecto, las mutuas tienen personalidad jurídica propia y son entidades sin ánimo de lucro.

Entre los unipersonales, las mutuas nombran un director gerente, cuya designación, por su carácter profesional, recae en personas que no tienen la condición de asociado.