En la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur en Argentina el régimen municipal es ejercido por gobiernos locales denominados municipios, existiendo 3 para septiembre de 2020.
Dos municipios de la provincia (Río Grande y Ushuaia) han redactado su propia carta orgánica.
Cuando el municipio haya superado la cantidad de cincuenta mil (50.000) habitantes, el Concejo Deliberante podrá incrementarse en un concejal por cada diez mil (10.000) habitantes más.
La constitución establece que los municipios con carta orgánica pueden determinar su forma de gobierno, siempre que sea de elección popular.
[6] (*1) A los 7 concejales iniciales se le deben agregar dos por cada 20 000 electores que superen el número de 50 000 y hasta un máximo de 11 concejales (art.