Millet (Imperio otomano)

Millet es un término utilizado para referirse a las comunidades confesionales bajo el Imperio otomano.

Después de las reformas otomanas Tanzimat (1839-1876) el término fue utilizado para referirse a grupos religiosos minoritarios legalmente protegidos, en forma similar a la forma que en otros países se utiliza la palabra nación.

[2]​ El sistema del millet tiene una larga historia en el Medio Oriente, y está muy cercanamente relacionada con las reglas islámicas relativas a las minorías no-musulmanas.

El término otomano se refiere a los tribunales separados pertinentes a la ley personal (matrimonios, herencias, etc..) en las que a las minorías se les permitía organizarse en este aspecto por sí mismas con casi ninguna interferencia del gobierno otomano, siempre y cuando ningún musulmán estuviera involucrado.

Lo único que se exigía era lealtad al Imperio otomano.