La mala fe es la convicción que tiene una persona de haber adquirido el dominio, posesión, mera tenencia o ventaja sobre una cosa o un derecho de manera ilícita, fraudulenta, clandestina o violenta.
[1] La mala fe es transmisible, de manera que no sólo estará de mala fe quien efectivamente haya ejercido la violencia, fraude o clandestinidad, sino también a quien le fue traspasado el derecho de alguien que la haya ejercido o la adquirió de esa forma.
[2] La mala fe posee elementos similares al dolo, como presunciones legales a partir del conocimiento subjetivo de una conducta ilícita, aunque tienen claras diferencias.
La mala fe es un estado psicológico cuya existencia no importa el despliegue de una conducta; el dolo, en cambio, exige necesariamente un comportamiento dañoso, sea por medio de una conducta positiva (acción) o negativa (omisión).
La mala fe sólo tiene por objeto el provecho propio, de modo que el agente se satisface sólo a nivel interno; el dolo busca el provecho en un ser externo, porque se satisface cuando otro sujeto es el que sufre un perjuicio.