[3] Según los antecedentes del Registro Oficial, se buscó una fórmula práctica, aceptándose el Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial vigente en Buenos Aires, con modificaciones hechas por la Comisión de letrados designada.
Las colecciones documentales que entonces se dieron a luz, encierran una verdadera historia de Corrientes.
La revisión del Código Civil y su comentario le tomaron diez años de vida (1869/79).
[3] Las contribuciones de Lisandro Segovia al derecho civil argentino han puesto las bases del camino que otros estudiosos posteriores seguirían.
Pues bien, la ley de fe de erratas y la edición de La Pampa, considerada como el cénit del texto del Código Civil, previo a que se le introdujeran reformas, eran impensables sin la contribución singular y relevante del ma[cita requerida]estro Lisandro Segovia, que posibilitó los estudios y grandes avances conceptuales de una nueva generación, integrada por juristas ñcomo Raymundo M. Salvat, Alfredo Colmo, Héctor Lafaille, Gastón Federico Tobal, Antonio Castiglione, etc.