Ley orgánica de gobiernos regionales (Perú)

Cabe destacar que la capital de la república no integra ninguna región.

El gobernador regional conjuntamente con el vicepresidente es elegido por voto directo por un periodo de 4 años.

El presidente regional desempeña su cargo de manera exclusiva, teniendo como única excepción la función docente (Art.

[7]​ De acuerdo con la Ley N° 30305 - Ley de Reforma Constitucional, el gobernador regional y el vicegobernador regional no pueden ser reelectos inmediatamente, aunque transcurrido un período como mínimo, pueden volver a postular.

La administración regional se ejerce bajo un sistema gerencial y se sustenta en la planificación estratégica, organización, dirección, ejecución, evaluación y control, dentro del marco de las normas emitidas por los sistemas administrativos nacionales.

Se añade que como parte de la promoción privada en proyectos y servicios, los gobiernos regionales deben crear mecanismos para promover la inversión privada nacional y extranjera dirigidos a lograr el crecimiento económico regional.

Para ello, en el marco de sus competencias, pueden otorgar concesiones y celebrar cualquier otra modalidad contractual, siempre que se contribuya al desarrollo sostenible local y regional, se asegure una mayor eficiencia social y se garantice el cumplimiento de las normas legales establecidas.

Para estas acciones, los gobiernos regionales están facultados para solicitar asesoría técnica y financiera especializada.

Toda mención contenida en la legislación nacional que haga referencia a los gobiernos regionales, se entiende también hecha a la Municipalidad Metropolitana de Lima, en lo que le resulte aplicable.

Al respecto, señala que el proceso es gradual y se debe realizar por etapas, conforme a lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralización, la mencionada ley orgánica y las disposiciones que sobre el particular dicte el poder ejecutivo a través del CND.