En ella, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) de la Secretaría de Salud aseguró, en un comunicado, que queda prohibido fumar en espacios públicos cerrados: edificios públicos (federales, estatales y municipales), restaurantes, bares y discotecas.
[1][2] Las nuevas reglas detallan los términos para la expedición de permisos sanitarios previos de importación y licencias sanitarias.
Reiteró también que las zonas para fumadores deberán estar al aire libre o completamente aisladas de los espacios que estén cien por ciento libres de humo de cigarro.
Los menores de edad no podrán estar en las áreas designadas para fumadores, y a las mujeres embarazadas se les informará sobre los riesgos a la salud, en caso de que permanezcan dentro de un espacio contaminado, y será su decisión aceptarla o rechazarla.
También, la Procuraduría de los Derechos humanos y Protección Nacional de la Salud (PDHPN) dijo que en México, mientras que en dichos lugares se permita el uso del cigarrillo, podrá ser aprobado por la PDHPN.