Juzgado del crimen
Los Juzgados del crimen[1] fueron órganos jurisdiccionales chilenos de competencia penal hasta la reforma procesal del año 2000 La justicia penal en Chile tiene sus orígenes desde la colonia, con la estructura inquisidora castellana que queda reflejada en las siete partidas, leyes indianas[2] (1680) o la novisima recopilación, cuerpos legales que normaron el proceso jurídico.Hasta entrada la etapa republicana, el proceso criminal se guiaba por los auxiliares de la justicia y no así por un juez letrado.[3] No fue sino hasta 1906 con la promulgación del Código de procedimiento penal, que el proceso criminal fue regulado, codificado y asemejado al juicio ordinario de mayor cuantía en materia civil, también a su vez, establecía las limitantes del poder punitivo.El libro segundo del cuerpo legal estaba dividido en dos partes: El sumario y el plenario.El juez podía solicitar las diligencias pertinentes, para acumular en un expediente, autos o proceso, las debidas pruebas que constituían la esencia del juicio, para determinar las responsabilidades penales.