La diferencia importante es que un condado es una división administrativa de un estado, mientras que una ciudad es una corporación municipal; por lo tanto, los condados implementan y, según sea necesario, refinan la aplicación local de la ley estatal y la política pública, mientras que las ciudades producen e implementan sus propias leyes locales y políticas públicas (sujeto a la autoridad superior de la ley estatal).
Las juntas pueden aprobar y derogar leyes, generalmente llamadas ordenanzas.
Estos son los principales funcionarios electos de cada municipio civil.
El nombre "Junta de Supervisores" se cambió a "Junta de Comisionados" en 1970 para evitar confusiones con el gobierno municipal (donde todavía se usaba el término "Supervisor").
En general, esto se realiza bajo los auspicios de un administrador o ejecutivo del condado.
El administrador o ejecutivo generalmente tiene la autoridad sobre las operaciones diarias de los departamentos del condado.
En algunos estados, el cuerpo equivalente a una Junta de Supervisores se llama consejo del condado (en inglés: County Council) o comisión del condado (en inglés: County Commission); Para las parroquias de Luisiana, el cuerpo equivalente es un jurado de la policía (en inglés: Police Jury).