[1] de Brazos debían tomar los tres diputados y los tres oyentes que conformaban la Diputación del General de Cataluña.
Se constituía siguiendo el mismo ejemplo de las Cortes catalanas, es decir, reuniendo los miembros de los tres brazos estamentales: el eclesiástico formado por clero, el militar formado por la nobleza y el popular formado por las villas y ciudades.
Podía ser que para asistirle en la del tema tratado la Junta creas una comisión formada por algunos de sus miembros y que se llamaba según el número de integrantes que tenía: novena, decimoctava o treinta y.
[1] Con el estallido de la Sublevación de Cataluña los Brazos o «Estados Generales» (nombre que aludía a los estados generales de las Provincias Unidas, actual Holanda) recomendaron a la Diputación que convocara también aquellas villas y pueblos reales que normalmente no entraban en las Cortes catalanas así como también los simples varones tanto seculares como eclesiásticos, convocatoria que fue todo un éxito de respuesta y representatividad general del país.
Cada Brazo deliberó por separado en salas diferentes, y el 6 de julio siguiente el Brazo real y el Brazo militar acordaron la defensa con armas del Principado, para mantenerlo bajo el dominio de Carlos III y preservar las Constituciones, Privilegios, Usos y Costumbres e inmunidades de Cataluña, conforme a lo que se adhirió al día siguiente el Brazo militar.