Intendente provincial de Chile

Este cargo fue contemplado por las Constituciones Políticas de 1828, 1833 y 1925.

La Constitución de 1828 disponía que el gobierno y administración interior de las provincias se ejercería en cada una por la Asamblea Provincial y por el Intendente.

Era nombrado por el presidente, duraba 3 años, pero podía repetirse su nombramiento indefinidamente.

Además, proponía los gobernadores departamentales, que eran nombrados por el presidente de la República, y podía removerlos con aprobación del presidente.

Duraba 3 años en sus funciones y era nombrado por el presidente, a su entera voluntad.

Retrato de Benjamín Vicuña Mackenna como Intendente de Santiago (1872-1875).