Posteriormente fue promulgado el decreto ley n.º 1860 del 1 de diciembre de 1960, por el cual fue modificado el decreto ley que le dio origen, siendo ampliados sus servicios a los asegurados.
Su primer presidente fue el entonces ministro de Salud Pública y Previsión Social, Gerardo Buongermini desde 1943 hasta 1946.
Considerando que "es función propia del estado asegurar al ciudadano los medios que le pongan a cubierto de los azares de la vida en lo que respecta a enfermedad, maternidad, invalidez, accidentes de trabajo, etcétera".
El objetivo de la previsión social, es poner a los individuos a cubierto de los riesgos que les privan de la capacidad de ganancia, cualquiera fuere su origen: desocupación, maternidad, enfermedad, invalidez y vejez, y que pudieran extenderse y amparar a determinados familiares del trabajador en caso de muerte del mismo y que pueden contemplar la asistencia sanitaria.
En la Constitución Nacional se establece que "El sistema obligatorio e integral de seguridad social para el trabajador dependiente y su familia será establecido por ley, y se promoverá su extensión a todos los sectores de la población".