A su vez, en caso de renuncia, muerte o sustitución, el Congreso nombra a un gobernador interino para que posteriormente se nombre a un gobernador provisional o sustituto según sea el caso por las reservas que contemple.
Su primer titular como constitucional fue Ángel César Mendoza Arámburo que accedió al cargo en abril de 1975.
[2] Su método de elección, requisitos y mecanismos de sustutución son expresadas en la sección I «Del gobernador» del Capítulo II «El Poder Ejecutivo» de la Constitución y sus facultades, responsabilidades y obligaciones son expresadas en la sección II «De las facultades y obligaciones del gobernador» del mismo capítulo.
Destacada que el gobernador dirige de la admiración pública del Estado; para aquella labor es auxiliado por su gabinete nombrado por él mismo para que sean, a su vez, la cabeza de las distintas secretarías y dependencias locales.
Hasta el actual sexenio (2021-2027) un total de diez hombres han ocupado la titularidad del cargo.