Felipe de la Mata Pizaña

Columnista en El Universal,[2]​ La Silla Rota,[3]​ El Economista[4]​ y la Revista Proceso.

Ha impartido más de 200 conferencias en México y en el extranjero.

[15]​ c) Derechos políticos de las personas no binarias Con las aportaciones del magistrado de la Mata, la Sala determinó que los formatos del registro para aspirar a una consejería de las autoridades electorales deben incluir una tercera casilla para las personas que se identifican como no binarias, así como un mandato para que otras instituciones y partidos políticos publiquen lineamientos para establecer acciones afirmativas para las personas no binarias y trans;[16]​ aunado al criterio sostenido sobre la relevancia de que las cuotas de la comunidad LGBTQ+ no se obtengan al restarle espacios a las mujeres.

[26]​ Asimismo, la Sala señaló que los periodistas y los medios de comunicación son libres de definir las noticias que publican, por tanto, no es posible controlar previamente su difusión, para evitar la censura.

También, con la mayoría de la Sala, redactó y votó que la sátira, el humor y la parodia en un contexto político están protegidos por la libertad de expresión.

i) Interés superior de la niñez en la propaganda electoral Los niños también conllevan una importancia mayor.

De manera que, si un niño o niña aparece en cualquier propaganda política es necesario presentar, previamente a su difusión, un consentimiento expreso e informado del menor de edad y de sus padres o tutores, aunado a la obligación de salvaguardar en todo momento su integridad, seguridad y bienestar.

[34]​ En fechas recientes, ha alertado sobre la incidencia del crimen organizado en los procesos electorales y la responsabilidad de las autoridades para proteger la seguridad y la libertad en las elecciones.