Especificación (derecho)

La obra el cuerpo o la cosa que resulta de la especificación, ¿pertenece al dueño de la materia, o al que ha hecho la especie?

Esta cuestión tuvo divididas las opiniones de los jurisconsultos entre los romanos.

Justiniano por fin sancionó la doctrina de los erciscundos, y después la adoptaron nuestras leyes.

La cosa, pues, que uno hiciere con materia ajena o puede reducirse a su anterior estado o no: en el primer caso, se adjudica al dueño de la materia y así será tuyo el vaso que hice de tu plata: en el segundo al que formó la especie y así será mío el vino que hice de tus uvas si fue con buena fe.

Mas en ambos casos debe el dueño de la nueva especie pagar al otro o el valor de la filatería que perdió o las expensas que hizo formando la especie con buena fe, pero no si la hubiese tenido mala.