En un sentido amplio, enajenación implica la transferencia del dominio o cualquier otro derecho real entre dos patrimonios.Mientras que en un sentido estricto, la enajenación se refiere sólo al derecho real de dominio y no a los demás.Con todo, la enajenación puede afectar a cosa entera o a una parte de la misma si es materialmente divisible sin desaparición de su utilidad (sine damno) y siempre y cuando el disponente sea titular único del derecho.Así, si Juan vende su automóvil a Pedro, lo está enajenando en un sentido estricto y amplio a su vez, pues transfiere el derecho de dominio que existe sobre el automóvil desde el patrimonio de Juan al de Pedro.Aquella distinción es importante en lo relativo a prohibiciones de enajenar y demás garantías que se pueden constituir.