Fueron las primeras elecciones presidenciales libres ejercidas mediante el sufragio universal, permitiendo por primera vez la participación ciudadana de mujeres y analfabetos en unas elecciones, así como la cuarta en realizarse en voto directo en Venezuela (anteriormente realizadas en 1860,1894 y 1897).
Este proceso permitió consecuentemente a que la población se acostumbrara y se adaptara a la nueva experiencia democrática, lo cual forjaría aún más el apoyo del pueblo hacia al gobierno transitorio y al proyecto refundacional que se estaba llevando a cabo el país.
Para los comicios, de acuerdo con la constitución, son aptos para elegir y ser elegibles todos los venezolanos hombres y mujeres, mayores de dieciocho años, no sujetos por sentencia definitivamente firme a interdicción civil ni a condena penal que lleve consigo la inhabilitación política.
Para la fecha de la elección, los Concejos Municipales no poseían aún leyes orgánicas adaptadas al nuevo sistema electoral, por lo cual se acordó en las disposiciones transitorias que, mientras se reglamentaban dichas leyes, en el Distrito Federal y en los Territorios Federales, se elegirían cinco Concejales Principales y los Suplentes respectivos, mientras la población no superaba los 100 mil habitantes y, en caso de ser superado, se elegía otro concejal más por cada exceso de 25 mil habitantes, utilizando el mismo método de elección que para la cámara de diputados y para las Asambleas Legislativas.
Cabe mencionar que, para la elección de los cuerpos legislativos, se utilizó una misma papeleta para votar a todos los miembros colegiados, contando igual para elegir tanto diputados, asambleístas, como conejales y parcialmente a los senadores, dando como entendido una elección fusionada y por ello, la misma cantidad de votos tanto para elegir al congreso como para elegir los cuerpos colegiados de las entidades federales.