Dos por uno es la denominación con que se conoce en Argentina un régimen del Derecho procesal penal por el cual se estableció que las personas detenidas preventivamente durante más de dos años, tenían el derecho a compensar la demora del Estado en llevarlas a juicio, computando doble el tiempo en exceso que permanecieron detenidos sin condena.
El régimen fue establecido en ese país por la Ley N.º 24.390, conocida como Ley del Dos por Uno sancionada en 1994, que reglamentó el artículo 7.5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que establece el derecho de toda persona que resultara detenida y acusada de un delito, "a ser juzgada dentro de un plazo razonable o ser puesta en libertad".
La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) contempla en su artículo 7, los derechos y garantías relativos a la libertad personal y las restricciones impuestas al Estado para detener a las personas.
Las bancadas del Frente para la Victoria, el PRO, el Movimiento Evita, Libres del Sur y el Partido Socialista, presentaron sendos proyectos que fueron unificados, en un solo texto estableciendo que: La Cámara de Diputados aprobó el proyecto esa misma noche, por 211 votos a favor y uno en contra.
Con media sanción, el proyecto pasó al día siguiente a la Cámara de Senadores, donde fue aprobado ese mismo día por unanimidad (56 votos a favor).