Defensor judicial

El defensor judicial, funcionalmente se identifica con el curador, si bien su actuación es de naturaleza ocasional.

Se nombrará un defensor judicial que represente y ampare a los intereses de quienes se hallen en los siguientes supuestos: El defensor judicial tendrá las atribuciones que le haya concedido el Juez al que deberá rendir cuentas de su gestión una vez concluida.