Factores objetivos que intervienen en su sistema productivo y en su regulación legal así lo ponen de manifiesto.
En 1968 el Parlamento uruguayo aprobó la Ley Nacional de Vivienda n.° 13.728[1]promovida por el Arq.
Juan Pablo Terra que incluye un capítulo referido a cooperativas.
La experiencia habitual es que una vez adjudicada la vivienda, el socio deja de pertenecer a la cooperativa, manteniendo su vínculo formal con la organización solo para efectos de posventa.
Las viviendas promovidas en régimen de cooperativa cuentan, entre otros, con los siguientes beneficios económicos: El modelo de cooperativa en cesión de uso es un sistema muy desarrollado en Canadá y países escandinavos pero que en España no se han visto las primeras cooperativas hasta el 2011.