Un contrato aleatorio (del latín alea, "suerte") es aquella clase de actos jurídicos bilaterales, de naturaleza onerosa, en que se pacta que una de las prestaciones debidas está sujeta, en cuanto a la posibilidad, cantidad o calidad de la prestación, a lo que pudiera ocurrir a futuro, sin que este evento pueda ser calificado de condición del contrato (ya que el contrato existe con independencia del evento), sino de una contingencia de ganancia o pérdida.
Así lo define, entre otros, el art.
1790 del Código Civil español:
Mientras, el Código Civil chileno establece en su art.
Las legislaciones tienden a concordar en los siguientes ejemplos de contratos aleatorios: