El consejo es unicameral y está compuesto por quince (15) diputados o legisladores regionales que son electos cada 4 años, bajo un sistema mixto de representación, por un lado se eligen un grupo de diputados por lista bajo el método D'Hont a nivel estadal y por otro lado se eligen por voto directo candidatos nominales por circunscripción definida, pudiendo ser reelegidos para nuevos períodos consecutivos, y con la posibilidad de ser revocados a la mitad de su período constitucional.
Posteriormente a principios del siglo XX cambia el nombre a Asamblea Legislativa siendo la Constitución de 1989 con su reforma parcial de 1993 la última que le dio tal nombre.
En 1999, con el proceso constituyente que vivía el país se reorganizaron todos los poderes de la Nación, Estadales y Municipales.
Ese año el Congreso de la República y sus Cámaras fueron disueltas por decreto de la Asamblea Nacional Constituyente, esa misma suerte fue para la Asamblea Legislativa del Estado Zulia para dar paso a la Comisión Legislativa Estadal de manera transitoria hasta que se realizaran las elecciones generales del 2000, para elegir a los nuevos diputados del estado.
En 2001 se promulga la Ley Orgánica de los Consejos Legislativos[1] que regula el funcionamiento orgánico del poder legislativo estatal en Venezuela y que deberá complementarse con las Constituciones de cada Estado.
Al igual que casi todas las edificaciones del Casco Central de la ciudad, es monumento histórico nacional, regional y municipal.
El Partido Socialista Unido de Venezuela (ex MVR) sólo alcanza 4 diputaciones.