Comisión de investigación

Una comisión de investigación, comisión investigadora, comité de investigación o comité investigador es un órgano que los Congresos y Parlamentos, o sus respectivas cámaras, pueden crear, en el marco jurídico que las regula, para investigar situaciones de interés público, en ejercicio de sus facultades de fiscalización.En España, según dispone la Constitución, el Congreso de los Diputados y el Senado, y, en su caso, ambas cámaras conjuntamente, podrán nombrar comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público.Las conclusiones de la comisión no son vinculantes para los Tribunales, ni afectan a las resoluciones judiciales, sin perjuicio de que el resultado de la investigación sea comunicado al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas.Son, por tanto, decisiones políticas sin efectos legales.A juicio del tribunal, las comisiones de investigación no pueden violar el principio de presunción de inocencia al culpabilizar a un compareciente sin que exista sentencia judicial en ese sentido ya que no es competencia de un parlamento «efectuar una calificación jurídica de los hechos investigados, ni llevar a cabo imputaciones o determinaciones personales sobre la autoría de comportamientos ilícitos».