Colectividad territorial

Una colectividad territorial (en francés: collectivité territoriale) es una administración y un sujeto público, distinto del Estado francés, que ejerce ciertas competencias que le son atribuidas sobre un territorio determinado.

Las colectividades territoriales de la República Francesa están definidas en el artículo 72 de la Constitución: estas son las comunas (fr.

Este término sustituye al de colectividad local (fr.

Sin embargo, aún es usado, como por ejemplo en la Dirección General de colectividades locales (fr.

[2]​ Los 3485 consejeros territoriales habrán debido ser elegidos en 2014 en escrutinio uninominal mayoritario a dos vueltas con un umbral de cualificación fijado en el 12,5% de los inscritos y una estricta paridad de género.