Carta ejecutoria
En derecho, se llamaba carta ejecutoria al despacho que se libraba en los tribunales al litigante que en juicio contradictorio obtenía sentencia favorable después de haber quedado ejecutoriada.Esta denominación viene usándose desde muy antiguo si bien entonces precedía siempre la palabra real a la de carta.Así se decía expídase carta real ejecutoria con los insertos de costumbre, etc.La carta ejecutoria la expedía la escribanía de Cámara donde se había pedido el pleito y no se podía insertar en ella a la letra más que la sentencia que causó la ejecutoria, la sentencia o sentencias anteriores a la ejecutoria que por ellas fueron confirmadas, revocadas o modificadas, la petición y respuestas principales en que se hubiesen planteado las cuestiones resueltas en cada instancia por las expresadas sentencias, y en relación con lo absolutamente indispensable para que se entendiera con claridad el genuino sentido de la ejecutoria.Otro tanto se hacía con lo actuado en segunda y tercera instancia, y así el despacho o carta ejecutoria venía a ser un grueso volumen o una copia literal de las actuaciones.