Pero aunque la ley no prohíbe el consumo personal y privado de ninguna sustancia adictiva, el porte para uso personal puede ser sancionado con multas menores, la obligación de realizar trabajos comunitarios, o someterse a programas de rehabilitación monitoreados por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA).[3] La Ley 20.000 en sus artículos 8 al 11 permite excepcionalmente el cultivo de cannabis, estableciendo requisitos y penas por sus incumplimientos.[5] En julio de 2015, la Corte Suprema sentenció que el autocultivo, individual o colectivo, es legal en Chile.[7] Aunque Chile tiene alguna producción local, una gran cantidad de su cannabis ilícito es importada mediante contrabando de sus vecinos, particularmente Paraguay, Bolivia y Perú.[8][8] Según el Dictionary of Chilean Slang, términos chilenos para cannabis incluyen: marihuana, papelillo, volarse, cogoyo, paraguayo y yerba.
Primer Congreso Nacional del Cannabis, Concepción, 2012