Bien fungible

[1]​ El término fungible viene del latín fungi, gastar, y -ble es decir es lo que se consume con el uso.

La cosa fungible es un término muy utilizado principalmente en el derecho civil y derecho mercantil, también es usado comúnmente en derecho penal para determinar las propiedades en caso de robo o daños a la propiedad ajena, hace referencia a las cosas y/o bienes que se deterioran o destruyen al ser utilizados y también son considerados consumibles, al hacer uso de ellos.

En el derecho romano clásico, origen de muchos códigos regulatorios modernos, el bien fungible se distingue por el género y la cantidad siendo el ejemplo por excelencia el dinero de curso legal sobre el cual sólo puede haber consumición jurídica siendo un bien mueble que se consume (gasta o desaparece) para su poseedor con el primer uso, aunque pueden mantener su existencia física.

[3]​ El Código Civil y Comercial de la República Argentina dispone en su artículo 232:

El código civil de Colombia, en su artículo 663, dice sobre la cosa fungible: