Bien cultural de interés local

Bien cultural de interés local o simplemente bien de interés local (abreviado BCIL, en catalán bé cultural d'interés local) es una categoría de protección del patrimonio cultural en Cataluña (España), otorgada a un bien, tanto mueble como inmueble, que no cumple con las condiciones propias de bien cultural de interés nacional a pesar de su importancia.Se fundamenta en la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán.[1]​ La declaración de los bienes culturales de interés local inmuebles la hace el pleno del ayuntamiento, en los municipios de más de cinco mil habitantes, o el pleno del consejo comarcal, en aquellos menores.Se trata del segundo nivel autonómico de protección y esta calificación es equivalente, por ejemplo, a la de bien catalogado del patrimonio cultural aragonés de Aragón o a bien de relevancia local de la Comunidad Valenciana.[2]​ Según la ley, los bienes más relevantes del patrimonio cultural catalán deben estar declarados de interés nacional y se encuentran clasificados en: Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán (LPCC)