Avulsión (derecho)

En Argentina la avulsión se encuentra regulada en el artículo 1961 del Código Civil y Comercial.En Chile la avulsión se encuentra regulada en el artículo 652 del Código Civil.En Colombia la avulsión se encuentra regulada por el artículo 722 del Código Civil.En tanto que el derecho de aluvión, que también es una forma de adquirir la propiedad, se encuentra regulado a partir del artículo 908 del Código mencionado, y establece que el acrecentamiento que por aluvión reciben las heredades o fincas, cuando la fuerza de un río arranca una porción considerable de tierra, árboles, residuos u otros elementos naturales, se consideran dueños los propietarios del terreno en el cual fueron depositados.En Venezuela, el derecho de avulsión se encuentra establecido en el artículo 564 del Código Civil
Desplazamiento de terrenos producidos por una avulsión en 1999 en Caraballeda , Venezuela .