Alodio

El alodio (del neerlandés antiguo allōd, "propiedad total", all "total“ y ōd "propiedad“; en latín medieval: allod o allodium) es el régimen de propiedad de bienes inmuebles, generalmente tierras, en el cual el propietario tiene el dominio completo sobre ellas, es decir, tanto el directo como el de uso.

El alodio también puede definirse como una propiedad que está libre de toda carga señorial.

Por esta razón eran históricamente iguales a otros príncipes, independientemente de cuál era el tamaño de su territorio o qué título usaron.

No obstante, en derecho mallorquín se denomina alodio a una carga constituida sobre las fincas, por la cual debe abonarse al titular del alodio un laudemio con cada transmisión de la finca gravada.

Se diferencia del censo enfitéutico en que el alodio no establece la diferencia entre dominio útil y dominio directo y que únicamente existe obligación de abonar cantidades al titular del derecho en caso de transmisión y no periódicamente.