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Instituto de vida consagrada

Un instituto de vida consagrada es una asociación de fieles en la Iglesia católica erigida canónicamente por las autoridades eclesiásticas competentes para permitir que hombres o mujeres que profesan públicamente los consejos evangélicos mediante votos religiosos u otros vínculos sagrados "por la caridad a la que conducen estos consejos, se unan a la Iglesia y a su misterio de un modo especial" [1] . Están definidos en el Código de Derecho Canónico de 1983 en los cánones 573-730. La Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica tiene la supervisión eclesial de los institutos de vida consagrada [2] .

La forma más numerosa de estos son los institutos religiosos , que se caracterizan por la profesión pública de votos, la vida en común como hermanos o hermanas y un grado de separación del mundo. [3] Están definidos en el Código de Derecho Canónico de 1983 en los cánones 607-709. La otra forma es la de los institutos seculares , en los que los miembros viven en el mundo y trabajan por la santificación del mundo desde dentro. [4]

Además de ser miembro de un instituto, la vida consagrada puede vivirse también individualmente; la Iglesia católica reconoce como formas de vida consagrada individual la de los eremitas (canon 603) y la de las vírgenes consagradas (canon 604). [2]

Clasificación

En el Código de Derecho Canónico se identifican dos categorías de institutos de vida consagrada: los institutos religiosos y los institutos seculares. Además, existen Sociedades de Vida Apostólica que se asemejan a los institutos de vida consagrada, pero cuyos miembros no emiten votos religiosos.

Las personas consagradas son laicos o clérigos que asumen los consejos evangélicos mediante un vínculo sagrado y se convierten en miembros de un instituto de vida consagrada. [2] Son clérigos si, con reconocimiento de la Iglesia, su fundador quiso que la orden o instituto fuera dirigido por clérigos y ejerciera las órdenes sagradas, y son laicos si la Iglesia les reconoce una función propia definida por el fundador o por la tradición legítima, que no incluye el ejercicio de las órdenes sagradas (canon 588).

Por ejemplo, la Compañía de Jesús (Jesuitas) es un instituto clerical de vida consagrada ya que sus miembros son clérigos , mientras que las Hermanas de la Caridad son un instituto laico de hermanas religiosas.

Instituto religioso

Un instituto religioso es un instituto de vida consagrada cuyos miembros hacen votos públicos y llevan una vida fraterna en común (canon 607.2). Se los denomina en sentido amplio religiosos e incluyen las órdenes monásticas , las órdenes mendicantes , los canónigos regulares y los clérigos regulares . Algunos institutos religiosos se dedican a un ministerio particular, como la educación, la atención sanitaria o el trabajo social; mientras que otros tienen como apostolado principal la oración contemplativa. [5]

La versión de 1983 del Código de Derecho Canónico no ha mantenido la distinción, encontrada en la versión de 1917, entre órdenes (institutos religiosos en los que los miembros hacían votos solemnes ) y congregaciones (aquellas en las que se hacían votos simples ). [6]

Instituto secular

Un instituto secular es un instituto de vida consagrada cuyos miembros viven en el mundo, se esfuerzan por la perfección de la caridad y tratan de ayudar a santificar el mundo, especialmente desde dentro (canon 710). [7] Trabajan en una variedad de ocupaciones y pueden vivir solos o con su familia; otros viven en una casa común con otros miembros del instituto. Cada instituto tiene una espiritualidad particular moldeada por sus fundadores y líderes. [8] Algunos institutos religiosos tienen una Tercera Orden afiliada. Éstos son institutos seculares.

Sociedades de vida apostólica

Una sociedad de vida apostólica es un grupo de hombres o mujeres dentro de la Iglesia Católica que se han reunido con un propósito específico y viven fraternalmente. Los miembros de las sociedades apostólicas no hacen votos religiosos. Este tipo de organización está definida en el Código de Derecho Canónico de 1983 en los cánones 731-746. Las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl son una Sociedad de Vida Apostólica.

Listado histórico-jurídico en elAnuario Pontificio

El Anuario Pontificio enumera, tanto para hombres como para mujeres, los institutos de vida consagrada y similares que son «de derecho pontificio» (aquellos que la Santa Sede ha erigido o aprobado por decreto formal). [9] Para los hombres, da lo que ahora llama la Lista histórico-jurídica de precedencia. [10] La disposición de los institutos para hombres de la Iglesia latina en esta lista se remonta a muchas décadas atrás. Se encuentra, por ejemplo, en la edición de 1964 del Anuario Pontificio , pp. 807-870, donde el título es «Estados de perfección (de derecho pontificio para hombres)». En la edición de 1969 el título ha pasado a ser «Institutos religiosos y seculares de derecho pontificio para hombres», una forma que mantuvo hasta 1975 inclusive. Desde 1976, cuando ya estaba avanzado el trabajo de revisión del Código de Derecho Canónico, la lista ha sido calificada de "histórico-jurídica" y todavía distingue "órdenes" de "congregaciones" en el caso de los hombres de la Iglesia latina, mientras que no separa "órdenes" y "congregaciones" en el caso de las Iglesias católicas orientales y de las mujeres de la Iglesia latina.

Organiza los institutos para hombres de la siguiente manera:

A. Institutos de vida consagrada
a. Institutos religiosos
I. Órdenes
1. Cánones regulares
2. Monjes
3. Órdenes mendicantes
4. Empleados regulares
II. Congregaciones religiosas clericales
III. Congregaciones religiosas laicas
IV. Órdenes orientales , congregaciones religiosas y sociedades de vida apostólica
b) Institutos seculares
I. Institutos seculares clericales
II. Institutos seculares laicos
B. Sociedades de vida apostólica

Los institutos para mujeres están organizados alfabéticamente en las siguientes categorías:

A. Institutos de vida consagrada
a. Institutos religiosos
I. Órdenes e institutos con casas autónomas
II. Institutos centralizados
B. Sociedades de vida apostólica

A estas listas sigue una lista de 6 institutos bajo el título “Otros institutos de vida consagrada”, que hace referencia a nuevas formas de vida consagrada establecidas de acuerdo con los cánones 604 §2 y 605 del Código de Derecho Canónico. Algunos de ellos tienen miembros tanto masculinos como femeninos, y uno está abierto a parejas casadas.

Institutos católicos de vida consagrada

Los institutos de vida consagrada necesitan la aprobación escrita de un obispo para operar dentro de su diócesis. [11] A partir del 10 de noviembre de 2020, el Papa Francisco modificó el Código de Derecho Canónico de 1983 para exigir que un obispo obtenga la aprobación por escrito de la Sede Apostólica y reservó a la Sede Apostólica la determinación final sobre la erección de un instituto de vida consagrada. [12] [13]

La lista de algunos institutos religiosos (católicos) proporciona una lista dinámica de una selección de institutos religiosos católicos . Los institutos seculares católicos son menos numerosos.

Véase también

Referencias

  1. ^ Código de Derecho Canónico, canon 573 § 2
  2. ^ abc La Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica
  3. ^ Código de Derecho Canónico, canon 709
  4. ^ Código de Derecho Canónico, canon 710
  5. ^ Weisenbeck, Marlene. "¿Qué es un instituto de vida consagrada?", Health Progress, Revista de la Asociación Católica de Salud de los Estados Unidos, enero-febrero de 2006
  6. ^ Código de Derecho Canónico de 1917, canon 488
  7. ^ Larkin, Sue. Conferencia de institutos seculares de los Estados Unidos
  8. ^ Skarda, Patricia L., "Los hechos esenciales sobre los institutos seculares", Visión
  9. ^ Código de Derecho Canónico, canon 589
  10. ^ Anuario Pontificio 2012 (Libreria Editrice Vaticana 2012 ISBN  978-88-209-8722-0 ), págs.1411-1480
  11. ^ Código de Derecho Canónico, cánones 312, 609–612, 679, 715
  12. ^ "El Papa publica un Motu proprio sobre la erección de institutos de vida consagrada". Vatican News. 4 de noviembre de 2020. Consultado el 5 de noviembre de 2020 .
  13. ^ Wooden, Cindy (4 de noviembre de 2020). "Papa Francisco: el Vaticano necesita aprobar nuevas órdenes religiosas diocesanas". América . Servicio Católico de Noticias . Consultado el 5 de noviembre de 2020 .

Enlaces externos