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Masurio Sabino

Masurius Sabinus , también Massurius , fue un jurista romano que vivió en la época de Tiberio (reinó entre el 14 y el 37 d. C.). [1] A diferencia de la mayoría de los juristas de la época, no tenía rango senatorial y fue admitido en la orden ecuestre bastante tarde en su vida, [2] en virtud de su habilidad excepcional [3] y el patrocinio imperial. Masurius fue la primera persona en dar " opiniones certificadas por el estado " (publice respondere) , [4] un privilegio otorgado por el emperador que marcó el creciente control imperial sobre el proceso judicial después del final de la República romana . Antes del Principado de Augusto , el valor de las opiniones legales se basaba en la experiencia de quienes las emitían. [5] El pasaje del Digesto de Justiniano que analiza la concesión de la autoridad de Masurius es, por tanto, un punto crucial en la historia del derecho romano . [6]

Masurius fue un líder de los sabinianos , una escuela o secta de pensamiento legal en los siglos I y II d.C. Fue sucedido por una línea de juristas que incluía a Cneo Aruleno Celio Sabino ( cónsul en el 69 d.C.), Cayo Casio Longino (de ahí que a los seguidores de la escuela también se les conozca como los Casianos ), Javoleno Prisco y Salvio Juliano . Cayo Ateio Capito fue el fundador de la escuela. [7] Eran rivales de los Proculianos , llamados así por Próculo , pero a pesar de muchas referencias en Cayo a sus controversias, [8] es difícil desentrañar puntos de vista consistentes para cada uno. [9] Cayo parece haberse contado entre los sabinianos. [10] Puede ser que la escuela sabiniana fuera constructivista estricta , mientras que los proculianos ejercieron una mayor latitud en sus argumentos. [11]

La obra principal de Masurius fue un tratado sobre derecho civil ( ius civile ) en tres volúmenes, que tuvo una amplia influencia. [12] Juristas posteriores como Ulpiano escribieron comentarios sobre su obra, pero no conservaron extractos. [13]

Referencias

  1. ^ Juan Luis Vives, Primeros escritos (Brill, 1991), vol. 2, p. 87.
  2. ^ OF Robinson, Las fuentes del derecho romano: problemas y métodos para los historiadores antiguos (Routledge, 1997), pág. 8.
  3. Frederick Tomkins, Las instituciones del derecho romano (Londres, 1867), pág. 119.
  4. ^ Digest 1.2.2,48–50. Alan Watson, The Digest of Justinian (University of Pennsylvania Press, 1998), np en línea.
  5. ^ Robinson, Fuentes del derecho romano , pág. 8.
  6. ^ Kaius Tuori, Los antiguos juristas romanos y los ideales jurídicos modernos: estudios sobre el impacto de las preocupaciones contemporáneas en la interpretación de la historia jurídica de la antigua Roma (Vittorio Klostermann, 2007), pág. 75.
  7. ^ James Muirhead, Las Instituciones de Cayo y las Reglas de Ulpiano (Edimburgo, 1880), pág. 586.
  8. ^ Muirhead, Institutos , pág. 586.
  9. ^ Adolf Berger, Encyclopedic Dictionary of Roman Law (American Philosophical Society, 1953), pág. 687. Gayo describe a los proculianos como diversae scholae auctores , autoridades cuya escuela tenía puntos de vista no consistentes.
  10. ^ Refiriéndose a ellos como nostri praeceptores , "nuestros maestros"; Muirhead, Institutes , p. 586.
  11. ^ Tomkins, Institutos , pág. 93.
  12. ^ George Mousourakis, El contexto histórico e institucional del derecho romano (Ashgate, 2003), pág. 296.
  13. ^ Tomkins, Institutos , pág. 119.