La Carta General de los Derechos Judíos , conocida como el Estatuto de Kalisz , y el Privilegio de Kalisz , otorgaron a los judíos de la Edad Media protección especial contra la discriminación en Polonia cuando eran perseguidos en Europa Occidental . Estos derechos incluían la jurisdicción exclusiva sobre asuntos judíos para los tribunales judíos y establecían un tribunal separado para otros asuntos penales que involucraran a cristianos y judíos, diseñado para evitar la discriminación judía. Condujo a la formación de un tribunal separado y a la seguridad de los judíos perseguidos, lo que atrajo a inmigrantes judíos de toda Europa a Polonia.
Gracias a este estatuto, llegaron al país especialistas en diversas artesanías, operaciones comerciales y financieras. Un beneficio adicional para el país fue la práctica frecuente de un impuesto adicional por la posibilidad de practicar el judaísmo.
El estatuto fue emitido por el duque de la Gran Polonia Boleslao el Piadoso el 8 de septiembre de 1264 en Kalisz . Después de la unificación de Polonia, el estatuto fue ratificado por algunos reyes polacos posteriores: Casimiro III en 1334, Casimiro IV en 1453 y Segismundo I en 1539. Fue en un momento en que los gobernantes de Europa occidental obligaron a los judíos a emigrar (Inglaterra en 1290, Francia en 1290, España en 1492). En la práctica, esto significaba que el gobernante robaba la propiedad del pueblo judío y arrojaba a las personas robadas fuera de las fronteras del país. El motivo principal era el robo de la propiedad, justificado por razones religiosas. Los judíos polacos apreciaban las oportunidades que Polonia les brindaba y contribuyeron significativamente a su desarrollo. Su lealtad también era importante para el gobernante. Después del establecimiento de la Mancomunidad Polaca-Lituana , el papel de los judíos como banqueros y prestamistas fue importante. El débil sistema fiscal no siempre era suficiente para financiar el funcionamiento del Estado (la nobleza no pagaba casi ningún impuesto). Los súbditos judíos en Polonia eran hombres libres a los que se les permitía comerciar, en lugar de siervos , y por ello disfrutaban de la tolerancia religiosa del país, codificada por la Confederación de Varsovia de 1573.
La aristocracia polaca desarrolló un contrato social único con los judíos, que operaban como arendadores que dirigían negocios como molinos y cervecerías, y ciertas tareas burocráticas con exclusión de los no judíos, especialmente la recaudación de impuestos. Después de que Polonia se expandiera hacia la Ucrania ortodoxa oriental , la introducción del sistema fue una causa parcial del Levantamiento de Jmelnitski antisemita y anticatólico de los cosacos de 1648.
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A continuación se presentan extractos abreviados y traducidos de las 36 cláusulas del Estatuto de Kalisz: [1]
1. ... Si un judío es llevado a juicio, no sólo un cristiano debe testificar contra él, sino también un judío, para que el caso se considere válido.
2. ... Si un cristiano demanda a un judío, afirmando que ha empeñado valores con él, y el judío lo niega, entonces si el cristiano se niega a aceptar la simple palabra del judío, el judío, al prestar juramento, debe liberarse del cristiano.
10. ... Como castigo por matar a un judío, es necesario un castigo adecuado y la confiscación de la propiedad.
11. ... Por golpear a un judío, se aplicará el castigo habitual en el país.
13. ... Los judíos no pagarán por el transporte de sus muertos.
14. ... Los cristianos que destruyan cementerios excepto la pena normal perderán bienes.
17. ... Cualquier judío puede caminar o montar libremente y con seguridad sin ninguna orden ni impedimento en nuestro reino. Pagarán los peajes habituales al igual que los demás cristianos, y nada más.
22. ... Si alguno de los cristianos se burla temeraria y presuntuosamente de sus sinagogas, dicho cristiano deberá pagar y deberá pagar a nuestro palatino su tutor dos talentos de pimienta como castigo.
30. ... Ningún cristiano puede citar a ningún judío al tribunal eclesiástico de ninguna manera, o por cualquier propiedad o citación por la que sea citado, ni el judío deberá responder ante el juez en el tribunal eclesiástico, sino que el judío deberá comparecer ante su palatino designado para ese período, y además el mencionado palatino, junto con nuestro gobernador para ese período, deberán defender y proteger a ese judío, y prohibirle responder a la citación del tribunal eclesiástico. Ningún cristiano debe acusar a un judío de libelo de sangre .
36. ... A los judíos se les permite comprar cualquier artículo, así como tocar el pan y otros alimentos.
Romuald Hube analizó los documentos fuente y afirmó que no se pudieron encontrar ni el original ni sus copias autenticadas y que el texto era una falsificación del siglo XV realizada con fines políticos. [2] [3] [4] [5] Esta opinión no está confirmada por los científicos contemporáneos. [6]
En la década de 1920, el artista y activista judío polaco Arthur Szyk (1894-1951) iluminó el Estatuto de Kalisz en un ciclo de 45 pinturas en miniatura en acuarela y gouache. [7] Además del latín original , Szyk tradujo el texto del Estatuto al polaco , hebreo , yiddish , italiano , alemán , inglés y español . [8] En 1929, las miniaturas del Estatuto de Szyk se exhibieron en toda Polonia, concretamente en Łódź , Varsovia , Cracovia y Kalisz. [9] Con el apoyo del gobierno polaco, selecciones de las miniaturas del Estatuto se exhibieron en Ginebra en 1931, [10] una vez más en Polonia como parte de una gira por 14 ciudades en 1932, [11] en Londres en 1933, [12] en Toronto en 1940, [13] y en Nueva York en 1941 y luego, sin patrocinio gubernamental, en Nueva York en 1944, 1952 y 1974-75. [14] En 1932, el Estatuto de Kalisz fue publicado por Éditions de la Table Ronde de Paris como una edición limitada de lujo para coleccionistas de 500. [15] Las miniaturas originales de Szyk ahora se encuentran en los fondos del Museo Judío (Nueva York) . [16]
pag. 340: "uznany przez badaczy za falsyfikat" = considerado falso por las investigaciones....
pag. 57 : "W 1453 r. król (...) zatwierdził przywilej dla Żydów, opierając się na rzekomym przywileju króla Kazimierza Wielkiego, w istocie sfałszowanym" = En 1453 r. El rey confirmó el privilegio judío basándose en un supuesto privilegio del rey Casimiro el Grande que era en esencia una falsificación.