Un referéndum deliberativo es un referéndum que aumenta la deliberación pública a través de un diseño institucional con un propósito. [1] :557 El término "referéndum deliberativo" proviene de la democracia deliberativa , [2] :509 que enfatiza que "la legitimidad de las decisiones puede aumentarse si... las decisiones son precedidas por una deliberación auténtica". [3] :903 Las características del diseño deliberativo pueden promover la deliberación pública antes y durante la votación del referéndum para aumentar su legitimidad real y percibida. [3] :910 Los referéndums deliberativos fomentan el razonamiento informado y de mente abierta, en lugar de "opiniones preformadas" rígidas. [2] :508-512 "[D]espués de las deliberaciones, los ciudadanos modifican rutinariamente sus preferencias". [3] :910
En la práctica, un referendo deliberativo incluye una variedad de características de diseño institucional, entre ellas, el uso de un jurado ciudadano para formular las preguntas del referendo y educar al público, una mayor educación pública mediante tutoriales interactivos obligatorios antes de votar y un enfoque de los referendos en valores generales en lugar de tecnicismos. [4] Algunos autores señalan cómo la regulación legal también puede ayudar a la deliberación del referendo. [2] :523
Un método de referéndum deliberativo es la Revisión de Iniciativa Ciudadana ; se trata de un organismo seleccionado al azar, similar a un jurado ciudadano, convocado específicamente para deliberar sobre una iniciativa de votación o referéndum sobre el que votarán posteriormente los votantes de la misma jurisdicción (como una ciudad, un estado, una provincia o un país). [5]
Los referendos deliberativos constitucionales pueden "dar a los ciudadanos una voz significativa a la hora de determinar las decisiones constitucionales más fundamentales que afectan a sus vidas". [2] :510 La deliberación de los votantes es importante en este caso, ya que el resultado del referendo podría cambiar el estatus político del estado o afectar el disfrute de los derechos humanos. [1] :559