El domingo 9 de marzo de 1980 se celebraron las elecciones autonómicas vascas de 1980 para elegir el I Parlamento de la Comunidad Autónoma Vasca . Los 60 escaños del Parlamento estaban sujetos a elección.
El Partido Nacionalista Vasco (EAJ/PNV) obtuvo 25 escaños, Unidad Popular (HB) quedó en segundo lugar con 11 escaños y el Partido Socialista del País Vasco (PSE-PSOE) quedó tercero con 9 escaños. La Unión de Centro Democrático (UCD) y la Izquierda del País Vasco (EE) obtuvieron 6 escaños cada una.
El Parlamento Vasco era la legislatura unicameral descentralizada de la comunidad autónoma del País Vasco , con poder legislativo en asuntos regionales según lo definido por la Constitución española y el Estatuto Vasco de Autonomía , así como la capacidad de votar confianza o retirarlo. un lehendakari . [1] La Disposición Transitoria Primera del Estatuto establecía un procedimiento electoral específico para la primera elección al Parlamento Vasco, que se complementaría con lo dispuesto en la ley electoral nacional . La votación para las Cortes se realizó por sufragio universal , que comprendía a todos los nacionales mayores de 18 años, empadronados en el País Vasco y en pleno goce de sus derechos políticos.
Los 60 miembros del Parlamento Vasco fueron elegidos mediante el método D'Hondt y una representación proporcional de lista cerrada , aplicándose en cada circunscripción un umbral electoral del tres por ciento de los votos válidos, que incluían los votos en blanco. Se asignaron escaños a distritos electorales, correspondientes a las provincias de Álava , Vizcaya y Guipúzcoa , y a cada uno se le asignó un número fijo de 20 escaños para proporcionar una representación parlamentaria equitativa de las tres provincias, como lo exige el estatuto de autonomía regional. [1] [2]
El uso del método D'Hondt podría dar como resultado un umbral efectivo más alto, dependiendo de la magnitud del distrito . [3]
El Consejo General Vasco estaba obligado a convocar elecciones al Parlamento Vasco en el plazo de sesenta días desde la promulgación del Estatuto, teniendo lugar la jornada electoral dentro de los cuatro meses siguientes a la convocatoria. [1] En consecuencia, no se pudo celebrar una elección más tarde del día 180 a partir de la fecha de promulgación del Estatuto de Autonomía. El Estatuto fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 22 de diciembre de 1979, fijando la última fecha posible para las elecciones al Parlamento el martes 20 de mayo de 1980. [4] [5] En caso de que un proceso de investidura no consiguiera elegir a un lehendakari dentro de un Después de un período de sesenta días desde la reconexión del Parlamento, el Parlamento debía disolverse y convocarse elecciones anticipadas . [1]
Inicialmente se consideró que el 24 de febrero o el 2 de marzo de 1980 eran las fechas más probables para la celebración de las elecciones, pero el 22 de diciembre de 1979 se anunció que se convocaría para el 9 de marzo. [6] [7] [8]
La ley electoral permitía a los partidos y federaciones registrados en el Ministerio del Interior , coaliciones y agrupaciones de electores presentar listas de candidatos. Los partidos y federaciones que pretendían formar una coalición antes de las elecciones debían informar a la comisión electoral correspondiente dentro de los quince días siguientes a la convocatoria de las elecciones, mientras que las agrupaciones de electores debían obtener la firma de al menos una milésima parte del electorado en las circunscripciones para que buscaban ser elegidos (con un mínimo obligatorio de 500 firmas), impidiendo a los electores firmar por más de una lista de candidatos. [2]
A continuación se muestra una lista de los principales partidos y alianzas electorales que participaron en las elecciones:
Las tablas a continuación enumeran los resultados de las encuestas de opinión en orden cronológico inverso, mostrando primero el más reciente y utilizando las fechas en que se realizó el trabajo de campo de la encuesta, en lugar de la fecha de publicación. Cuando se desconocen las fechas del trabajo de campo, se indica en su lugar la fecha de publicación. La cifra porcentual más alta de cada encuesta se muestra con el fondo sombreado con el color del partido líder. Si se produjera un empate, se aplicará a las figuras con mayores porcentajes. La columna "Líder" de la derecha muestra la diferencia de puntos porcentuales entre los partidos con los porcentajes más altos en una encuesta.
La siguiente tabla enumera las estimaciones ponderadas de intención de voto. Las negativas generalmente se excluyen de los porcentajes de voto de los partidos, mientras que la redacción de las preguntas y el tratamiento de las respuestas "no sé" y de aquellos que no tienen intención de votar pueden variar entre las organizaciones encuestadoras. Cuando están disponibles, las proyecciones de escaños determinadas por las organizaciones encuestadoras se muestran debajo (o en lugar de) los porcentajes en una fuente más pequeña; Se necesitaban 31 escaños para obtener la mayoría absoluta en el Parlamento Vasco .
La siguiente tabla enumera las preferencias de voto crudas y no ponderadas.
La siguiente tabla enumera las encuestas de opinión sobre la probabilidad percibida de victoria de cada partido en caso de que se celebren elecciones regionales.
La siguiente tabla enumera las encuestas de opinión sobre las preferencias de los líderes para convertirse en lehendakari .
La siguiente tabla enumera las encuestas de opinión sobre la probabilidad percibida de que cada líder se convierta en lehendakari.