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Reparto del poder

El reparto del poder es una práctica en la resolución de conflictos en la que múltiples grupos distribuyen el poder político, militar o económico entre ellos de acuerdo con reglas acordadas. [1] Puede referirse a cualquier marco formal o pacto informal que regule la distribución del poder entre comunidades divididas. [2] Desde el final de la Guerra Fría , los sistemas de reparto del poder se han vuelto cada vez más comunes en las negociaciones de acuerdos para conflictos armados. [3] Dos enfoques teóricos comunes para el reparto del poder son el consociacionalismo y el centripetalismo .

Dimensiones del reparto de poder

En términos generales, los acuerdos de reparto del poder contienen disposiciones relacionadas con al menos uno de los siguientes aspectos: control político, económico, militar o territorial. [1]

El reparto del poder político implica normas que rigen la distribución de los cargos políticos y el ejercicio de los poderes de toma de decisiones. El poder puede compartirse garantizando la inclusión de todos los partidos importantes simultáneamente en el gabinete de gobierno mediante normas sobre la formación de grandes coaliciones . [4] Alternativamente, puede implicar el reparto del poder garantizando el acceso secuencial a los cargos políticos, como un cargo de primer ministro rotativo. [2] : 18  Los sistemas electorales pueden proporcionar un reparto del poder a través de la proporcionalidad política , lo que permite a los grupos minoritarios seguir siendo competitivos y ganar una parte del poder político a través de elecciones democráticas. [5]

La proporcionalidad también informa la distribución del poder económico, ya que la distribución de los recursos públicos puede instituirse en función del tamaño de las comunidades. [4] : 320  En los sistemas neopatrimoniales , el cargo político también puede estar estrechamente relacionado con la oportunidad económica, lo que significa que una distribución equitativa del poder político se superpone con la distribución del poder económico. [6] Incluso la distribución equitativa del poder político se superpone con la distribución del poder económico. [7]

Teorías sobre el reparto del poder

Las teorías de reparto del poder formulan afirmaciones empíricas y normativas sobre la utilidad o la conveniencia de los sistemas de reparto del poder para la gestión de conflictos en sociedades divididas . Dos teorías destacadas de reparto del poder, que plantean afirmaciones contrapuestas, son el consociacionalismo y el centripetalismo. Empíricamente, cada teoría prescribe diferentes sistemas de reparto del poder, como el voto proporcional del consociacionalismo en comparación con el voto alternativo del centripetalismo .

Algunos politólogos sostienen que compartir el poder es una forma eficaz de reducir la probabilidad de conflicto en estados divididos. [8]

Consociacionalismo

El consociacionalismo es una forma de compartir el poder de manera democrática. [9] Los politólogos definen un Estado consociacional como aquel que tiene importantes divisiones internas en función de criterios étnicos, religiosos o lingüísticos, sin que ninguna de estas divisiones sea lo suficientemente grande como para formar un grupo mayoritario, pero que permanece estable gracias a las consultas entre las élites de estos grupos. Los Estados consociacionales suelen contrastarse con los Estados con sistemas electorales mayoritarios .

El reparto consociacional del poder en las sociedades étnicamente pluralistas consiste en un conjunto de medidas y normas que distribuyen los derechos de toma de decisiones con el fin de garantizar una participación justa e igualitaria de los representantes de todos los grupos étnicos principales en la toma de decisiones; de esta manera se asegura a las minorías que sus intereses serán preservados. [10]

Los objetivos del consociacionalismo son la estabilidad gubernamental, la supervivencia de los acuerdos de reparto del poder, la supervivencia de la democracia y la prevención de la violencia . En un Estado consociacional, todos los grupos, incluidas las minorías, están representados en los escenarios político y económico. Los partidarios del consociacionalismo sostienen que es una opción más realista en sociedades profundamente divididas que los enfoques integracionistas para la gestión de conflictos . [11]

Centripetalismo

El centripetologismo , a veces llamado integracionismo, [12] es una forma de reparto democrático del poder para sociedades divididas (normalmente según líneas étnicas, religiosas o sociales) que tiene como objetivo alentar a los partidos a adoptar políticas moderadas y de compromiso y reforzar el centro del espectro político dividido. Como teoría, el centripetologismo se desarrolló a partir de la crítica al consociacionalismo de Donald L. Horowitz . Ambos modelos tienen como objetivo proporcionar prescripciones institucionales para sociedades divididas. Mientras que el consociacionalismo tiene como objetivo dar inclusión y representación a cada grupo étnico, el centripetologismo tiene como objetivo despolitizar la etnicidad y fomentar el establecimiento de partidos multiétnicos. [13] El reparto horizontal del poder se refiere a diferentes órganos del Estado, como el legislativo, el judicial y el ejecutivo. Es un sistema democrático en el que el poder se divide entre varios órganos, como el legislativo, el ejecutivo y el judicial. Significa que todos los órganos del Estado tienen los mismos poderes.

Ejemplos

Los primeros ejemplos modernos de reparto del poder incluyen la Paz de Augsburgo y la Paz de Westfalia . [14] El Acuerdo de Viernes Santo de 1998 en Irlanda del Norte [15] es uno de los ejemplos famosos de reparto del poder.

Los primeros ejemplos de reparto del poder mediante la consociación incluyen los Países Bajos ( 1917-1967 ), Bélgica desde 1918 y el Líbano desde 1943. [ 16]

Entre los ejemplos de reparto centrípeto del poder se incluyen Fiji (1999-2006), Irlanda del Norte (junio de 1973 – mayo de 1974), Papua Nueva Guinea , Sri Lanka , [13] Indonesia , Kenia y Nigeria . [17]

Véase también

Referencias

  1. ^ ab Hartzell, Caroline A.; Hoddie, Matthew (2007). La construcción de la paz: instituciones de reparto del poder y la solución negociada de las guerras civiles . University Park, Pensilvania: Penn State University Press. pág. 14. ISBN 978-0-271-05474-2.
  2. ^ ab McCulloch, Allison; McGarry, John (2017). Reparto de poder: desafíos empíricos y normativos . Londres. pp. 2–3. ISBN 9780367173784.{{cite book}}: CS1 maint: location missing publisher (link)
  3. ^ Taylor, Rupert (2009). Teoría consociacional: McGarry y O'Leary y el conflicto de Irlanda del Norte . Londres: Routledge. p. 7. ISBN. 9780415666015.
  4. ^ ab Hartzell, Caroline; Hoddie, Matthew (2003). "Institucionalización de la paz: reparto del poder y gestión de conflictos posteriores a la guerra civil". Revista estadounidense de ciencias políticas . 47 (2): 318–332. doi :10.2307/3186141. JSTOR  3186141.
  5. ^ Lijphart, Arend (1977). Democracia en sociedades plurales: una exploración comparativa . New Haven. pp. 38–41. ISBN 978-0-300-15818-2.{{cite book}}: CS1 maint: location missing publisher (link)
  6. ^ Spears, Ian S. (marzo de 2013). "El reparto informal del poder en África y las perspectivas de paz". Guerras civiles . 15 (1): 37–53. doi :10.1080/13698249.2013.781302. S2CID  145619573.
  7. ^ Spears, Ian S. "El reparto informal del poder en África y las perspectivas de paz". {{cite journal}}: Requiere citar revista |journal=( ayuda )
  8. ^ Cederman, Lars-Erik; Hug, Simon; Wucherpfennig, Julian (2022). ¿Compartir el poder y garantizar la paz?: Inclusión étnica y guerra civil. Cambridge University Press. doi :10.1017/9781108284639. ISBN 978-1-108-41814-0.
  9. ^ O'Leary, Brendan (2005). "Debate sobre política consociacional: argumentos normativos y explicativos". En Noel, Sid JR (ed.). De la distribución del poder a la democracia: instituciones posconflicto en sociedades étnicamente divididas. Montreal: McGill-Queen's Press. pp. 3–43. ISBN 0-7735-2948-9.
  10. ^ Rothchild, Donald; Roeder, Philip G. (2005). Paz sostenible: poder y democracia después de las guerras civiles (1.ª ed.). Cornell University Press. pp. 30–31. ISBN 978-0801489747.
  11. ^ McGarry, John; O'Leary, Brendan (2006). "Teoría consociacional, el conflicto de Irlanda del Norte y su acuerdo 2: Lo que los críticos de la consociación pueden aprender de Irlanda del Norte". Gobierno y oposición . 41 (2): 249–77. doi :10.1111/j.1477-7053.2006.00178.x. S2CID  51859873.
  12. ^ Anderson, Liam D. (2013). "4 Federalismo territorial y la lógica del centrípeto". Soluciones federales a los problemas étnicos: acomodación de la diversidad . Estudios de Exeter sobre etnopolítica. Nueva York: Routledge. ISBN 978-0-415-78161-9. a menudo se lo denomina "integracionismo", pero también se lo denomina a veces "centripetalismo". Aunque los dos términos suelen usarse indistintamente, McGarry et al. (2008, capítulo 2) sostienen, de manera convincente, que son analíticamente distintos y que deben abordarse como tales.
  13. ^ ab Reilly, Benjamin (junio de 2012). "Diseños institucionales para democracias diversas: comparación entre consociacionalismo, centripetalismo y comunalismo". European Political Science . 11 (2): 259–270. doi :10.1057/eps.2011.36. ISSN  1680-4333. S2CID  144295799.
  14. ^ Lehmbruch, Gerhard (1975). "Democracia consociacional en el sistema internacional". Revista Europea de Investigación Política . 3 (4): 377–391. doi :10.1111/j.1475-6765.1975.tb01252.x.
  15. ^ O'Leary, Brendan (2001). "El carácter del Acuerdo de 1998: resultados y perspectivas". En Wilford, Rick (ed.). Aspectos del Acuerdo de Belfast . Oxford: Oxford University Press. pp. 49–83. ISBN 0-19-924262-3.
  16. ^ McGarry, John (diciembre de 2019). "Teoría consociacional clásica y desempeño consociacional reciente". Swiss Political Science Review . 25 (4): 538–555. doi : 10.1111/spsr.12378 . S2CID  211380638.
  17. ^ Coakley, John; Fraenkel, Jon (junio de 2014). "Resolución de conflictos en sociedades bipolares: el destino de los acuerdos políticos en Fiji e Irlanda del Norte". Ciencias políticas . 66 (1): 23–45. doi :10.1177/0032318714531979. ISSN  0032-3187. S2CID  54946790.