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Ne exeat

En el derecho consuetudinario , ne exeat ( en latín "que no se aparte") es una orden equitativa que impide a una persona abandonar la jurisdicción del tribunal o del estado . [1] El auto podrá dictarse para asegurar el cumplimiento por parte del demandado de una orden judicial. [1]

La frase completa en los Estados Unidos es ne exeat republica (en latín "que no abandone la república"). [1] La frase ne exeat regno (latín "que no abandone el reino") también se ha utilizado en el derecho inglés . [1] [2] En 1969, el juez Meggary afirmó que la orden todavía existe según la ley inglesa y no fue derogada con la aprobación de la Ley de Deudores de 1869 . [3]

Se utiliza en derecho de familia para prohibir a una persona dejar o sacar a un niño o propiedad de la jurisdicción. [1] En Inglaterra y Gales, sin embargo, ha sido reemplazada en su mayor parte por órdenes de incautación de pasaportes. El juez Mostyn dijo en 2012: "El writ ne exeat regno es una reliquia histórica encantadora, pero debe considerarse un anacronismo dada la disponibilidad de la forma moderna de orden". [4]

En los Estados Unidos , todavía está previsto en el Código de Rentas Internas en 26 USC  § 7402(a).

Referencias

  1. ^ Diccionario de derecho abcde Black (9ª ed. 2009), ne exeat.
  2. ^ Harding, G. (1829) La práctica del Tribunal Superior de Cancillería, según las nuevas órdenes , p. 336
  3. ^ Felton contra Callis [1969] 1 QB 200.
  4. ^ "Bhura contra Bhura [2012] EWHC 3633 (Fam)" . Consultado el 7 de noviembre de 2021 .