Todos los buques de carga a los que se aplica el Convenio MARPOL deben contar con un libro de registro de hidrocarburos en el que el funcionario responsable registrará todas las transferencias y descargas de hidrocarburos o lodos dentro del buque. Esto es necesario para que las autoridades puedan controlar si la tripulación de un buque ha eliminado adecuadamente sus descargas de hidrocarburos en el mar. [1]
Todo petrolero de 150 toneladas brutas o más, buque de 400 toneladas brutas o más que no sea petrolero, y plataforma de perforación fija o flotante con tripulación u otra plataforma deberá mantener un Libro de registro de hidrocarburos Parte I (Operaciones en el espacio de máquinas). [2] Un petrolero de 150 toneladas brutas o más o un petrolero no petrolero que transporte 200 metros cúbicos o más de petróleo a granel, también deberá mantener un Libro de registro de hidrocarburos Parte II (Operaciones de carga/lastre). [3]
En cada anotación, el ingeniero jefe debe indicar el número del tanque, la ubicación, el tipo de petróleo, la descripción de la operación y la cantidad. Para cada operación se aplica una combinación de códigos numéricos y alfabéticos. En el MEPC.187(59) se describen los códigos aplicables a partir del 1 de enero de 2011.
De conformidad con la circular revisada MEPC.1/Circ736/Rev.2, publicada el 6 de octubre de 2011, la OMI ha implementado enmiendas adicionales a las entradas del libro registro de hidrocarburos.
La primera parte del libro de registro de hidrocarburos se ocupa de las operaciones en el espacio de máquinas de todos los buques. [3] La segunda parte del libro de registro de hidrocarburos se ocupa de las operaciones de carga/lastre y esta parte sólo debe ser completada por los miembros de la tripulación a bordo de los petroleros . [ 2]
Se harán anotaciones en el libro de registro de hidrocarburos en cada ocasión, tanque por tanque si corresponde, siempre que se realice cualquiera de las siguientes operaciones en el espacio de máquinas en cualquier buque al que se aplique esta sección: [3]
Se realizarán anotaciones en el libro de registro de hidrocarburos en cada ocasión, tanque por tanque si corresponde, siempre que se realice cualquiera de las siguientes operaciones de carga/lastre en cualquier petrolero al que se aplique esta sección: [3]
A bordo de buques de todos los tamaños se utiliza una alternativa electrónica al libro de registro de hidrocarburos escrito a mano. Los libros electrónicos de registro de hidrocarburos marinos deben cumplir los requisitos específicos de presentación de informes de la OMI , SOLAS y los estados de abanderamiento. La información introducida manualmente normalmente se combina con datos registrados por los instrumentos y sensores del buque, como datos GPS (hora y posición), caudalímetros y medidores de tanques. [4]