La ley básica de derecho de autor de Argentina es la Ley Nº 11.723 de 28 de septiembre de 1933, sobre Régimen Legal de la Propiedad Intelectual (Ley de Derecho de Autor, modificada por última vez por la Ley Nº 26.570 de 25 de noviembre de 2009) . [1]
La ley de derechos de autor en Argentina fue introducida por primera vez por la Constitución de Argentina de 1853. El artículo 17º establece que " Todo autor o inventor es dueño exclusivo de su obra, invención o descubrimiento, por el término que le conceda la ley ". [2] Juan Bautista Alberdi pretendía que el plazo de los derechos de autor fuera indefinido, pero durante la redacción de la Constitución se decidió dar un límite de tiempo, como se hizo en Chile y Estados Unidos. La sanción de la Constitución fue seguida por la Ley 111, pero era una ley de patentes y no hacía mención a las obras artísticas. Sin embargo, a pesar de la falta de una ley específica de derechos de autor, la jurisprudencia generalmente otorgaría protección de derechos de autor basándose solo en el artículo constitucional. Por ejemplo, hubo un juicio sobre una edición no autorizada del Martín Fierro de José Hernández , donde la justicia civil de Buenos Aires consideró que el artículo 17º era plenamente operativo. [3]
Durante el Centenario de la Argentina el francés G. Clemenceau se enteró de que una de sus obras de teatro se estaba representando sin autorización. Tras una polémica sobre el tema, en 1913 se dictó la primera ley de propiedad intelectual, la 9.141. En 1933 se dictaría una nueva ley de propiedad intelectual más detallada, la 11.723, que aún se encuentra vigente.
En el caso de la mayoría de las obras, el derecho de autor dura toda la vida del autor, más 70 años a partir del 1 de enero siguiente a su muerte (artículo 5). [4] Las obras (pseudo)anónimas pertenecientes a instituciones, corporaciones o personas jurídicas están protegidas durante 50 años a partir de su publicación (artículo 8). [4] Las fotografías están protegidas durante 20 años a partir de su creación y 25 años a partir de su publicación, y las obras cinematográficas durante toda la vida de los autores más 50 años adicionales (artículo 34). [4] En el caso de las grabaciones musicales, el derecho de autor expira 70 años después de su publicación. [5]
El artículo 31 prohíbe que la fotografía de una persona se comercialice (lo que sugiere un uso comercial) sin el consentimiento expreso de la persona que aparece en la fotografía (o, si esa persona está muerta, el consentimiento de un familiar directo). [6]