En derecho y gobierno , de iure ( / d eɪ ˈ dʒ ʊəri , d i -, - ˈ jʊər - / ; latín: [ deː ˈjuːre] ; lit. ' por ley ' ) describe prácticas que son legalmente reconocidas, independientemente de si la práctica existe en la realidad. [1] Por el contrario, de facto ('de hecho') describe situaciones que existen en la realidad, incluso si no están formalmente reconocidas. [2]
Entre 1805 y 1914, la dinastía gobernante de Egipto estuvo sujeta a los gobernantes del Imperio otomano , pero actuó como gobernantes independientes de facto que mantuvieron la ficción cortés de la soberanía otomana . Sin embargo, a partir de 1882, los gobernantes solo tenían el poder de iure sobre Egipto, ya que para entonces se había convertido en un estado títere británico . [3] Por lo tanto, según la ley otomana, Egipto era de iure una provincia del Imperio otomano, pero de facto era parte del Imperio británico .
En el derecho estadounidense , en particular después de Brown v. Board of Education (1954), la diferencia entre la segregación de facto (segregación que existía debido a las asociaciones y vecindarios voluntarios) y la segregación de iure (segregación que existía debido a las leyes locales que ordenaban la segregación) se convirtieron en distinciones importantes para los propósitos correctivos ordenados por los tribunales. [4]