Un archivo público (o archivo de inspección pública ) es una colección de documentos que una autoridad de radiodifusión debe mantener en todas las estaciones de radiodifusión bajo su jurisdicción .
La Comisión Federal de Comunicaciones (FCC) de los Estados Unidos y la Comisión Canadiense de Radio, Televisión y Telecomunicaciones (CRTC) exigen un archivo de este tipo. El archivo de inspección pública debe mantenerse en el estudio principal de la estación y debe ser accesible para cualquier persona durante el horario comercial . Las estaciones deben proporcionar copias a expensas del solicitante o, si la instalación está fuera de la comunidad de la licencia , proporcionar copias por correo a su propio costo. A partir de noviembre de 2007, la FCC exigió que los archivos de inspección pública también se mantengan en el sitio web de la estación, [1] [2] [3] y se distribuyen opcionalmente a las bibliotecas públicas en el área de transmisión de la estación por conveniencia. En estos casos, la correspondencia pública de los espectadores y los informes políticos generalmente se omiten debido a preocupaciones de costos o mal uso de la información proporcionada. La propia FCC comenzó a mantener un sitio en 2014 donde una estación puede cargar sus componentes de archivo público, lo que permite al público acceso completo a los materiales contenidos en ellos sin las restricciones del horario comercial o una visita al estudio. Esta última medida de acceso al sitio web permitió a las estaciones cerrar fácilmente sus estudios al acceso público durante la pandemia de COVID-19 para evitar una posible contaminación cruzada de los empleados de la estación sin que el público lo supiera.
Todo o parte del expediente podrá conservarse en formato digital siempre que sea accesible al momento de la inspección.
Las estaciones de EE.UU. deben mantener los siguientes materiales en su archivo de inspección pública:
El instrumento de autorización muestra la frecuencia de la estación, las letras de identificación, la potencia de operación, la ubicación del transmisor, etc., así como cualquier condición especial impuesta por la FCC para el funcionamiento de la estación. La licencia también muestra cuándo se emitió y cuándo expirará.
El expediente público debe contener copias de todas las solicitudes presentadas ante la FCC que aún estén pendientes ante la FCC o los tribunales. Estas incluyen solicitudes para vender la estación o modificar sus instalaciones (por ejemplo, para aumentar la potencia, cambiar el sistema de antena o cambiar la ubicación del transmisor). Además, la estación debe conservar copias de cualquier solicitud de construcción o venta cuya concesión nos exigió a nosotros [ ¿quién? ] renunciar a nuestras [ ¿quién? ] normas.
Las estaciones deben conservar una copia de todos los acuerdos escritos que celebren con los televidentes u oyentes locales. Estos "acuerdos ciudadanos" tratan sobre programación, empleo u otros temas de interés comunitario. La estación debe mantener estos acuerdos en el archivo público mientras estén vigentes.
El archivo público debe contener copias de cualquier mapa de contorno de servicio u otra información presentada con cualquier solicitud presentada ante la FCC que refleje los contornos de servicio de la estación y/o la ubicación de su estudio principal y transmisor, si los hay, ya que no todas las estaciones están obligadas a tener mapas de contorno.
Según la Sección 73.1943 [1], los licenciatarios deben documentar las transmisiones de cada candidato político .
Las estaciones deben conservar el material relacionado con cualquier asunto que sea objeto de una investigación o queja de la FCC .
Según la Sección 73.2080 [2], los licenciatarios deben mantener registros relacionados con la igualdad de oportunidades en el empleo (EEO).
La FCC tiene una publicación titulada El Público y la Radiodifusión , que debe conservarse en el archivo.
Toda correspondencia procedente del público deberá ser archivada.
Todas las instalaciones de transmisión deben mantener una lista del material de programación que se transmite para el mejoramiento de la comunidad local. Las estaciones de televisión deben tener registros sobre los límites comerciales y la programación infantil , junto con su cumplimiento con la regla E/I .
Al solicitar la renovación de la licencia, la sección 73.3580 [3] establece que las instalaciones de radiodifusión deben hacer anuncios públicos sobre su intención de continuar transmitiendo y notificar a la comunidad que pueden hacer comentarios sobre el desempeño del licenciatario. Las fechas y horas de estas transmisiones deben mantenerse en el archivo público.
En el caso de las instalaciones comerciales, debe estar disponible una copia de cada contrato o acuerdo de tiempo negociado. También se incluyen los acuerdos de comercialización local (LMA).
Las estaciones de televisión de Clase A deben documentar cualquier acuerdo sobre consentimiento de retransmisión o transmisión obligatoria que tengan con los sistemas locales de televisión por cable .
El archivo público debe contener una copia del Informe de propiedad más reciente y completo presentado para la estación. Este informe contiene los nombres de los propietarios de la estación y sus intereses de propiedad, enumera todos los contratos relacionados con la estación que deben presentarse ante la FCC e identifica cualquier interés que tenga el titular de la licencia de la estación en otras estaciones de radiodifusión.
Las estaciones deben conservar una copia de todos los contratos o una lista actualizada que identifique todos los contratos que tienen registrados en la FCC.
En el caso de instalaciones comerciales, cualquier venta conjunta entre ambos deberá quedar documentada.
Según la Sección 73.6001 [4], las estaciones de televisión de clase A deben conservar copias de su elegibilidad continua.
Las estaciones canadienses deben conservar los siguientes materiales en su archivo de inspección pública:
Las reglas oficiales de la FCC están contenidas en el Título 47 CFR Parte 73:
Las secciones 73.3526 y 73.3527 no son aplicables a las estaciones de FM y TV de baja potencia ni a los solicitantes.