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Criminología crítica

La criminología crítica aplica la teoría crítica a la criminología . La criminología crítica examina la génesis del delito y la naturaleza de la justicia en relación con el poder, el privilegio y el estatus social. Estos incluyen factores como la clase , la raza , el género y la sexualidad . Se entiende que los sistemas legales y penales reproducen y mantienen sistemas de desigualdad social . [1] [2] Además, la criminología crítica trabaja para descubrir posibles sesgos dentro de la investigación criminológica tradicional. [3]

La criminología crítica considera el crimen como un producto de la opresión de los trabajadores  , en particular, los más pobres, y los grupos menos favorecidos de la sociedad, como las mujeres y las minorías étnicas , son vistos como los más propensos a sufrir relaciones sociales opresivas basadas en la división de clases , el sexismo y el racismo . [4] De manera más simple, la criminología crítica puede entenderse como un área de la criminología que se centra en los impactos del poder, la dominación y la opresión en formas que a menudo son descuidadas por la criminología convencional. Los criminólogos críticos se centran en los factores sistémicos más amplios del crimen.

Criminología de convictos

La criminología de convictos, que es un tipo de criminología crítica, surgió en los Estados Unidos a fines de la década de 1990. [5] [6] Ofrece una epistemología alternativa sobre el crimen, la criminalidad y el castigo. Los estudios están a cargo de ex prisioneros, trabajadores penitenciarios y otras personas con formación de doctorado que comparten la creencia de que, para ser una disciplina integral, la criminología convencional debe estar informada por los aportes de quienes tienen experiencia personal de vida en instituciones penitenciarias. Las contribuciones de académicos que conocen las realidades cotidianas del encarcelamiento, las políticas ocultas que impregnan la administración penitenciaria y los detalles y matices del lenguaje y la cultura penitenciarios tienen el potencial de enriquecer significativamente la comprensión académica del sistema penitenciario. Además, los criminólogos de convictos han participado activamente en varios aspectos de la defensa de la reforma penitenciaria, en particular en lo que respecta a la educación de los presos. [7]

Definiciones de delito socialmente contingentes

Los criminólogos críticos afirman que la definición de delito depende de factores sociales e históricos, es decir, lo que constituye un delito varía en diferentes situaciones sociales y en diferentes períodos de la historia. La conclusión que los teóricos criminológicos críticos extraen de esto es que el delito es una construcción social por parte del Estado y de quienes están en el poder. [8]

Una forma de conceptualizar la construcción social del crimen es mediante el examen de la criminalización de la homosexualidad. La homosexualidad fue ilegal en el Reino Unido hasta 1967, cuando se legalizó para los hombres mayores de 21 años. [9] Para los criminólogos críticos, la criminalización de la comunidad LGBTQ+ por parte del Estado refleja la construcción social del crimen, ya que desde entonces se ha descubierto que ser parte de la comunidad no es inherentemente criminal. Además, la teoría crítica afirmaría que la criminalización de la homosexualidad es un uso explícito del poder por parte del Estado para controlar a las poblaciones marginadas. [10]

Si bien existen muchas variantes del tema crítico en criminología, el término criminología crítica se ha convertido en un principio rector para las perspectivas que consideran fundamental la comprensión de que ciertos actos son delitos porque ciertas personas tienen el poder de hacerlos así. Se puede cuestionar la dependencia de lo que se ha considerado el paradigma opositor, la criminología administrativa, que tiende a centrarse en las categorías criminológicas que los gobiernos desean destacar ( asaltos y otros delitos callejeros, violencia, robos y, como sostienen muchos criminólogos críticos, predominantemente los delitos de los pobres).

La brecha entre lo que estos dos paradigmas sugieren que es de legítimo interés criminológico la muestra admirablemente Stephen Box en su libro Poder, crimen y mistificación, donde afirma que uno tiene siete veces más probabilidades (o las tenía en 1983) de morir como resultado de la negligencia de su empleador que de ser asesinado en el sentido convencional (cuando se había tomado en cuenta toda la ponderación demográfica). [11]

Sin embargo, hasta el día de hoy, nadie ha sido procesado por homicidio corporativo en el Reino Unido. El efecto de esto, según los criminólogos críticos, es que las criminologías convencionales no logran "poner al descubierto las desigualdades estructurales que sustentan los procesos a través de los cuales se crean y se aplican las leyes" [12] y que " la desviación y la criminalidad" están "moldeadas por la estructura más amplia de poder e instituciones de la sociedad". [12] Además, no se dan cuenta de que el poder representa la capacidad "de hacer cumplir las propias reivindicaciones morales", lo que permite a los poderosos "convencionalizar sus defectos morales" legitimando los procesos de "represión normalizada". [13] Por lo tanto, fundamentalmente, los criminólogos críticos son críticos con las definiciones estatales del delito, y optan en cambio por centrarse en las nociones de daño social o derechos humanos .

Teorías del conflicto

Según los criminólogos que trabajan en la tradición del conflicto , el crimen es el resultado del conflicto dentro de las sociedades que se produce a través de los procesos inevitables del capitalismo . Existe disputa entre quienes adoptan una visión " pluralista " de la sociedad y quienes no. Los pluralistas, siguiendo a escritores como Mills (1956, 1969 por ejemplo), creen que el poder es ejercido en las sociedades por grupos de individuos interesados ​​(empresas, grupos religiosos, organizaciones gubernamentales, por ejemplo), que compiten por la influencia y el poder para promover sus propios intereses. A estos criminólogos como Vold [14] se les ha llamado "teóricos conservadores del conflicto". [15] Sostienen que el crimen puede surgir de diferencias económicas, diferencias culturales o de luchas relacionadas con el estatus, la ideología, la moralidad, la religión, la raza o la etnia. Estos escritores creen que dichos grupos, al afirmar su lealtad a la cultura dominante, obtienen el control de recursos clave que les permiten criminalizar a quienes no se ajustan a sus códigos morales y valores culturales. (Selin 1938; Vold 1979 [1958]; Quinney 1970 entre otros ). Por lo tanto, estos teóricos consideran que el crimen tiene sus raíces en conflictos simbólicos o instrumentales que ocurren en múltiples sitios dentro de una sociedad fragmentada.

Otros creen que tales "intereses", en particular las dimensiones simbólicas como el estatus, son subproductos epifenomenológicos de un conflicto económico más fundamental (Taylor, Walton y Young 1973; Quinney 1974, por ejemplo). Para estos teóricos, el conflicto social del que surge el crimen se basa en las desigualdades económicas fundamentales que son inherentes a los procesos del capitalismo (véase, por ejemplo, el artículo de Wikipedia sobre Punishment and Social Structure de Rusche y Kirchheimer , un libro que proporciona una exposición seminal del análisis marxista aplicado al problema del crimen y el castigo). Basándose en el trabajo de Marx (1990 [1868]); Engels , (1984 [1845]); y Bonger (1969 [1916]) entre otros, estos teóricos críticos sugieren que las condiciones en las que surge el crimen son causadas por la apropiación de los beneficios del trabajo ajeno a través de la generación de lo que se conoce como plusvalía , concentrándose en manos de los pocos dueños de los medios de producción, una riqueza y un poder desproporcionados.

Existen dos corrientes principales de la teoría criminológica crítica que se derivan de Marx, divididas por diferentes concepciones del papel del Estado en el mantenimiento de las desigualdades capitalistas. Por un lado , los marxistas instrumentales sostienen que el Estado es manipulado por las clases dominantes para que actúe en su beneficio. Por otro lado, los marxistas estructuralistas creen que el Estado desempeña un papel más dominante y semiautónomo en la subyugación de las clases (relativamente) impotentes (Sheley 1985; Lynch y Groves 1986). Los marxistas instrumentales como Quinney (1975), Chambliss (1975) o Krisberg (1975) creen que las sociedades capitalistas son edificios monolíticos de desigualdad, completamente dominados por poderosos intereses económicos. El poder y la riqueza se dividen de manera inequitativa entre los propietarios de los medios de producción y aquellos que sólo tienen su trabajo para vender. Los ricos utilizan los poderes coercitivos del Estado para criminalizar a quienes amenazan con socavar ese orden económico y su posición en él. Por otra parte , la teoría marxista estructural (Spitzer 1975; Greenberg 1993 [1981]; [16] ) sostiene que las sociedades capitalistas presentan una estructura de poder dual en la que el Estado es más autónomo. A través de su efecto mediador mejora los peores aspectos de las desigualdades capitalistas, pero trabaja para preservar el sistema capitalista general de apropiación de la riqueza, criminalizando a quienes amenazan el funcionamiento del sistema en su conjunto. Esto significa que el Estado puede criminalizar no sólo a quienes carecen de poder y protestan contra las injusticias del sistema, sino también a aquellos capitalistas excesivos cuya conducta amenaza con exponer la apariencia de legitimidad del esfuerzo capitalista.

Mientras que los marxistas han creído tradicionalmente en la sustitución del capitalismo por el socialismo en un proceso que acabará conduciendo al comunismo , los anarquistas opinan que todo sistema jerárquico es inevitablemente defectuoso. Estos teóricos (Pepinsky 1978; Tift y Sulivan 1980; Ferrell 1994, entre otros) propugnan una agenda de desafío a las jerarquías existentes, fomentando el establecimiento de sistemas de justicia comunitaria descentralizada y negociada en los que participen todos los miembros de la comunidad local. Los teóricos anarquistas recientes como Ferrell intentan ubicar el crimen como resistencia tanto a su construcción social a través de sistemas simbólicos de censura normativa como a sus construcciones más estructurales como amenaza al Estado y a la producción capitalista.

En una postura diametralmente opuesta a la de los teóricos anarquistas, los realistas de izquierdas desean distanciarse de cualquier concepción del criminal como guerrero social heroico. En cambio, están dispuestos a privilegiar la experiencia de la víctima y los efectos reales de la conducta criminal. En textos como Young 1979 y 1986, Young y Matthews 1991, Lea y Young 1984 o Lowman y MacLean 1992, la víctima, el Estado, el público y el delincuente son considerados como un nexo de parámetros dentro del cual puede ubicarse el discurso sobre la naturaleza de actos criminales específicos. Si bien los realistas de izquierda tienden a aceptar que el crimen es una categoría social e históricamente contingente que es definida por quienes tienen el poder para hacerlo, se esfuerzan por enfatizar los daños reales que el crimen causa a las víctimas que con frecuencia no están menos desfavorecidas que los delincuentes.

Todas las perspectivas del conflicto antes mencionadas consideran que los individuos están limitados de manera desigual por estructuras poderosas y en gran medida inmutables, aunque en distintos grados les otorgan un cierto grado de autonomía. Sin embargo, en última instancia, se considera que los relativamente impotentes están reprimidos por las estructuras sociales de gobierno o económicas. Incluso los realistas de izquierda que han sido criticados por ser "conservadores" (entre otros, por Cohen 1990), consideran que la víctima y el ofensor están sujetos a sistemas de injusticia y privación de los cuales surge el comportamiento victimizador.

Es importante tener en cuenta que la teoría del conflicto, si bien se deriva del marxismo, es distinta de él. El marxismo es una ideología, por lo tanto no está probada empíricamente. Por el contrario, la teoría del conflicto es empíricamente refutable y, por lo tanto, distinta del marxismo. [17]

Crítica

Las criminologías de conflicto han sido objeto de constantes ataques desde diversos sectores, en particular de aquellos que se consideran realistas de izquierda . Las primeras criminologías, a las que Jock Young 1979 calificó peyorativamente de "idealistas de izquierda" , nunca fueron muy populares en los Estados Unidos, donde se cerraron departamentos de criminología críticos en algunas universidades por razones políticas (Rock 1997). Estas primeras criminologías fueron puestas en tela de juicio con la introducción de encuestas de autoinforme de víctimas en masa (Hough y Mayhew 1983) que mostraban que la victimización era intraclase y no interclase. Así, se demostró que las ideas de que delitos como el robo eran de alguna manera formas primitivas de redistribución de la riqueza eran falsas. Otros ataques surgieron de las feministas que sostenían que la victimización de las mujeres no era un asunto menor y que eso hacía que la concentración de los idealistas en los delitos de las clases trabajadoras que podían considerarse delitos políticamente motivados, como la violación, la violencia doméstica o el abuso infantil, quedara relegada a un segundo plano (Smart 1977). Además, se afirmó que los idealistas de izquierda descuidaban el aspecto comparativo del estudio del delito, ya que ignoraban las cantidades significativas de delito en las sociedades socialistas e ignoraban los bajos niveles de delincuencia en sociedades capitalistas como Suiza y Japón (Incardi 1980).

Teorías feministas

La criminología feminista saca a la luz el aspecto de género de la criminología convencional. Reflexionan sobre las formas en que las mujeres han sido un grupo demográfico invisible en la investigación criminológica. Gillian Balfour y Elizabeth Comack critican la cantidad limitada de investigación realizada sobre mujeres criminalizadas y las formas en que la investigación conceptualiza a las mujeres como "diferentes" a los hombres. [18] Las teóricas argumentan que debido a esta brecha, los modelos explicativos que se han desarrollado para explicar el crimen tienen poca generalización. [19] [20] También están involucradas en un proyecto para aportar a la teoría criminológica los conocimientos que se pueden obtener a partir de una comprensión de la adopción de un punto de vista particular, es decir, el uso del conocimiento obtenido a través de métodos diseñados para revelar la experiencia de las vidas reales de las mujeres.

Un segundo aspecto de la crítica feminista se centra en la noción de que, incluso cuando las mujeres se han convertido en criminólogas, han adoptado modos de investigación y comprensión de la "corriente masculina", es decir, se han unido y han sido asimiladas a los modos de funcionamiento del paradigma masculino, volviéndolo simultáneamente ciego y sesgado en cuanto al género (Menzies y Chunn 1991). Sin embargo, como sostienen Menzies y Chunn, no es suficiente simplemente "insertar" a las mujeres en la criminología de la "corriente masculina", es necesario desarrollar una criminología desde el punto de vista de las mujeres. A primera vista, esto puede parecer un sesgo de género en contra de las necesidades y puntos de vista de los hombres. Sin embargo, esta afirmación se basa en una posición desarrollada por Nancy Hartsock conocida como feminismo del punto de vista . [21] Basándose en el trabajo de Marx, Hartsock sugiere que la visión del mundo desde la condición femenina es una visión "más verdadera" que la que se tiene desde el punto de vista del hombre. Según Marx (Marx 1964, Lucacs 1971), el privilegio ciega a las personas a las realidades del mundo, lo que significa que los que carecen de poder tienen una visión más clara del mundo: los pobres ven la riqueza de los ricos y su propia pobreza, mientras que los ricos están acostumbrados, protegidos o en negación de los sufrimientos de los pobres. Hartsock (1983 y 1999) sostiene que las mujeres están exactamente en la misma posición que los pobres de Marx. Desde su posición de impotencia, son más capaces de revelar la verdad sobre el mundo de lo que cualquier paradigma de la "corriente masculina" podría jamás hacerlo. Por lo tanto, hay dos vertientes clave en el pensamiento criminológico feminista: que la criminología puede ser consciente del género y, por lo tanto, neutral en cuanto al género; o que la criminología debe ser positiva en cuanto al género y adoptar un punto de vista feminista.

Más allá de estas dos distinciones, las feministas pueden clasificarse en cuatro grupos principales: liberales, radicales, marxistas y socialistas (Jaggar 1983). Las feministas liberales se preocupan por la discriminación basada en el género y su prevalencia en la sociedad y buscan poner fin a esa discriminación. Esos fines se buscan mediante el compromiso con las estructuras existentes, como los gobiernos y los marcos legales, en lugar de desafiar los modos de construcción de género o el patriarcado hegemónico (Hoffman Bustamante 1973, Adler 1975, Simon 1975, Edwards 1990). Por lo tanto, las feministas liberales están más o menos satisfechas de trabajar dentro del sistema para cambiarlo desde dentro utilizando sus estructuras existentes.

Las feministas críticas –las feministas radicales, las marxistas y las socialistas– insisten en la necesidad de acabar con los sistemas y las estructuras masculinas. Las feministas radicales consideran que la opresión femenina tiene sus raíces en el patriarcado, y consideran que sus perpetradores son principalmente agresivos tanto en la esfera pública como en la privada, que dominan violentamente a las mujeres controlando su sexualidad mediante la pornografía, la violación (Brownmiller 1975) y otras formas de violencia sexual, imponiéndoles así definiciones masculinas de la condición de mujer y de los roles de la mujer, en particular en la familia. Sin embargo, las feministas marxistas (Rafter y Natalizia 1981, MacKinnon 1982 y 1983) sostienen que esas estructuras patriarcales surgen de las desigualdades de clase inherentes a los medios de producción capitalistas. La producción de plusvalía exige que el hombre que trabaja en la fábrica, la mina o la oficina del capitalista necesite una trabajadora secundaria no remunerada –la mujer– que le permita estar en condiciones de realizar su trabajo, proporcionándole los beneficios de un hogar (comida, mantenimiento de la casa, crianza de los hijos y otras comodidades familiares). Así, para poder vender su trabajo, el hombre proletario necesita “mantener” a una trabajadora de apoyo con los ya escasos ingresos de su trabajo. Por lo tanto, las mujeres se quedan prácticamente sin recursos económicos y se las considera viviendo en una trampa económica que es un resultado inevitable de la producción capitalista. Las feministas socialistas intentan trazar un camino entre las visiones radicales y marxistas, identificando el patriarcado capitalista como la fuente de la opresión de las mujeres (Danner 1991). Estas teóricas (Eisenstein 1979, Hartmann 1979 y 1981, Messerschmidt 1986, Currie 1989) aceptan que una sociedad patriarcal limita los roles de las mujeres y su visión de sí mismas, pero que este patriarcado no es el resultado de la agresión masculina sino del modo de producción capitalista. Por lo tanto, ni la producción capitalista ni el patriarcado tienen privilegios en la producción de la opresión, la impotencia y la marginación económica de las mujeres. Las feministas socialistas creen que la opresión basada en el género solo puede superarse mediante la creación de una sociedad no patriarcal y no capitalista, y que intentar simplemente modificar el status quo desde dentro perpetúa el mismo sistema que genera desigualdades.

Para entender las posiciones de la mayoría de las feministas mencionadas, es de gran importancia que el género se considere una construcción social. Es decir, las diferencias entre hombres y mujeres no son en gran medida biológicas (esencialismo), sino que están asociadas desde una edad temprana y están definidas por las categorías patriarcales existentes de la condición de mujer. Frente a esta imagen pacificadora o pasiva de la mujer, las criminólogas feministas desean generar un espacio discursivo y real (extendido) dentro del cual puedan surgir las expresiones de las propias opiniones de las mujeres sobre su identidad y condición de mujer.

Existen muchas formas de crítica dirigidas a la criminología feminista, algunas "faciles" (Gelsthorpe 1997) como las de Bottomley y Pease (1986), o Walker (1987) que sugieren que el pensamiento feminista es irrelevante para la criminología. Una corriente principal de crítica se dirige a lo que se sostiene que es etnocentrismo (Rice 1990, Mama 1989, Ahluwalia 1991), es decir, que en su silencio sobre la experiencia de las mujeres negras es tan parcial como la criminología masculina en su ignorancia de la experiencia de las mujeres. La criminología, afirman estos autores, es sexista y racista y que ambos errores deben ser corregidos. Un número significativo de críticas se dirigen a la criminología feminista por parte de Pat Carlen en un importante artículo de 1992 (Carlen 1992). Entre las críticas de Carlen se encuentra la de una aparente incapacidad de la criminología feminista para conciliar la visión teórica con la realidad política, exhibiendo una "tendencia teórica, libertaria, separatista y centrada en el género". Sugiere que este libertarismo se refleja en la creencia de que las políticas de reducción del crimen se pueden lograr sin algún tipo de "ingeniería social". Criticando aún más la vena libertaria del feminismo, Carlen sugiere que el mandato feminista de permitir que las mujeres hablen por sí mismas revela una tendencia separatista, argumentando que lo que las feministas piden es simplemente una buena ciencia social y debería extenderse para permitir que todas las clases de seres humanos hablen por sí mismas. Este separatismo, afirma Carlen, se manifiesta además en una negativa a aceptar los avances de la criminología convencional, tildándolos de "masculinos" o en otros términos peyorativos. Tal vez la crítica más dura al feminismo, y a ciertas tendencias del feminismo radical en particular, es que, en algunos aspectos de las sociedades occidentales, se ha convertido en el grupo de interés dominante con poderes para criminalizar la masculinidad (véase Nathanson y Young, 2001).

Teorías posmodernas

En criminología, la escuela posmodernista aplica el posmodernismo al estudio del crimen y los criminales, y entiende la "criminalidad" como un producto del poder para limitar el comportamiento de aquellos individuos excluidos del poder, pero que intentan superar la desigualdad social y se comportan de maneras que la estructura de poder prohíbe. Se centra en la identidad del sujeto humano, el multiculturalismo , el feminismo y las relaciones humanas para tratar los conceptos de "diferencia" y "otredad" sin esencialismos ni reduccionismos , pero sus contribuciones no siempre son apreciadas (Carrington: 1998). Los posmodernistas desplazan la atención de las preocupaciones marxistas de opresión económica y social a la producción lingüística, argumentando que el derecho penal es un lenguaje para crear relaciones de dominio. Por ejemplo, el lenguaje de los tribunales (el llamado "jerga legal") expresa e institucionaliza la dominación del individuo, ya sea acusado o acusador, criminal o víctima, por parte de las instituciones sociales. Según la criminología posmodernista, el discurso del derecho penal es dominante, excluyente y rechazante, menos diverso y culturalmente no pluralista , exagerando reglas estrechamente definidas para la exclusión de otros.

Referencias

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Enlaces externos