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Audiencia del artículo 32

Una audiencia del Artículo 32 es un procedimiento conforme al Código Uniforme de Justicia Militar de los Estados Unidos , similar al de una audiencia preliminar en el derecho civil. Su nombre se deriva de la sección VII ("Procedimiento de juicio") del UCMJ, Artículo 32 (10 USC § 832), que ordena la audiencia.

El UCMJ especifica varios niveles diferentes de formalidad con los que se pueden tratar las infracciones. La más grave es una corte marcial general . Se requiere una audiencia del artículo 32 antes de que un acusado pueda ser remitido a una corte marcial general, a fin de determinar si hay pruebas suficientes para merecer una corte marcial general. Los infractores en el ejército de los EE. UU. pueden enfrentar un castigo no judicial , una corte marcial sumaria , una corte marcial especial , una corte marcial general o la separación administrativa. Un oficial al mando, en el papel de autoridad convocante de la corte marcial , consultará con el abogado defensor del mando para obtener asesoramiento sobre la disposición del caso; los factores a considerar incluyen, entre otros , la ley y la jurisprudencia pertinentes, la gravedad de las ofensas, la fuerza o debilidad de cada elemento del caso, la promoción del buen orden y la disciplina, y el deseo del comandante de que se disponga del caso.

Normalmente se inicia una investigación cuando parece que los cargos son de naturaleza tan grave que puede justificarse un juicio ante un tribunal militar general. El comandante que dirige una investigación en virtud del artículo 32 designa a un oficial comisionado como oficial investigador que conducirá la investigación y elaborará un informe de conclusiones y recomendaciones. Este oficial nunca es el acusador, el abogado defensor del proceso (juez defensor del fiscal) ni está en la cadena de mando del acusado . Este oficial puede tener o no formación jurídica, aunque se recomienda y es común en la práctica militar el uso de abogados militares (jueces defensores del fiscal). Si el oficial investigador no es abogado, puede buscar asesoramiento jurídico de una fuente imparcial, pero no puede obtener dicho asesoramiento de los abogados de ninguna de las partes.

Una audiencia de investigación se programa tan pronto como sea razonablemente posible después de la designación del oficial investigador. Normalmente, a la audiencia asisten el oficial investigador, el acusado y el abogado defensor. El comandante normalmente asignará un abogado para representar a los Estados Unidos y, en algunos casos, un taquígrafo judicial y un intérprete; estos nombramientos son, en la práctica, asignaciones de funciones realizadas por la rama de derecho penal de la oficina del abogado defensor del comandante. Por lo general, esta audiencia de investigación está abierta al público y a los medios de comunicación.

El oficial investigador, por lo general, revisará todas las pruebas no testificales y luego procederá al interrogatorio de los testigos. A excepción de un conjunto limitado de reglas sobre privilegios, interrogatorio y la regla de protección contra la violación (MRE 412), las reglas militares de evidencia no se aplican en esta audiencia de investigación. Sin embargo, esto no significa que el oficial investigador ignore las cuestiones probatorias. El oficial investigador comentará sobre todas las cuestiones probatorias que sean críticas para la resolución de un caso. Todos los testimonios se toman bajo juramento o afirmación, excepto que un acusado puede hacer una declaración no jurada.

La defensa tiene amplia libertad para interrogar a los testigos. A partir de 2013, en los casos en los que se alega agresión sexual , algunos críticos alegan que se permite un interrogatorio extremadamente intrusivo y agresivo de la víctima, una práctica que ha sido citada por los críticos del manejo de la agresión sexual por parte de las fuerzas armadas de los Estados Unidos . En un caso, un guardiamarina de la Academia de la Armada fue interrogado durante 30 horas a lo largo de varios días sobre su comportamiento sexual pasado. [1] Si el comandante designa un abogado para representar a los Estados Unidos, este representante del gobierno normalmente realizará un interrogatorio directo de los testigos del gobierno. A esto le sigue el interrogatorio cruzado por parte de la defensa y el interrogatorio por parte del oficial investigador una vez que finalice el interrogatorio de ambos abogados. Del mismo modo, si se llama a un testigo de la defensa, el abogado defensor normalmente realizará un interrogatorio directo seguido de un contrainterrogatorio del gobierno. Después del reinterrogatorio directo por parte del abogado defensor, o de que finalice el interrogatorio de ambos abogados, el oficial investigador puede realizar un interrogatorio adicional. Los procedimientos exactos que deben seguirse en la audiencia no están especificados ni en el Código Uniforme de Justicia Militar ni en el Manual del Tribunal Marcial.

Véase también

Notas y referencias

  1. ^ Steinhauer, Jennifer (20 de septiembre de 2013). "Audiencia de la Marina en caso de violación genera alarma". The New York Times . Consultado el 21 de septiembre de 2013 .

Enlaces externos