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Derecho itálico

Busto de mármol de Augusto, el primer emperador romano que utilizó intensamente el Ius Italicum.

Ius Italicum o ius italicum (derecho latino, italiano o itálico) era una ley del Imperio romano temprano que permitía a los emperadores conceder a las ciudades fuera de Italia la ficción legal de que estaban en suelo italiano. Esto significaba que la ciudad sería gobernada por el derecho romano en lugar del derecho local, y tendría un mayor grado de autonomía en sus relaciones con los gobernadores provinciales. [1] Como ciudadanos de Roma, las personas podían comprar y vender propiedades, estaban exentas del impuesto territorial y del impuesto de capitación y tenían derecho a protección bajo la ley romana. [2] El Ius Italicum era la máxima libertad que un municipio o provincia podía obtener y se consideraba muy favorable. Emperadores, como Augusto y Septimio Severo , hicieron uso de la ley durante su reinado.

La promulgación de la ley por parte de Augusto

El emperador Augusto fue uno de los primeros emperadores en implementar la ley de Ius Italicum durante su reinado. [3] Durante el reinado del emperador Augusto, dio concesiones de tierras a los veteranos que participaron en guerras civiles para recompensarlos por sus esfuerzos. El Imperio romano temprano vio la creación de colonias; los colonos en colonias de ciudadanos romanos ( colonia civium Romanorum ) tenían los mismos derechos y privilegios legales que los cives . Las colonias militares romanas fundadas por Augusto, el primer emperador romano, debían albergar a los veteranos de la guerra civil , mientras que las colonias civiles en el extranjero fueron colonizadas por civiles romanos que fueron privados de su propiedad por los soldados que regresaban. Las fuentes literarias antiguas enumeran algunas de las ciudades a las que se les concedió el privilegio de Ius Italicum. El Digest , un libro compilado de leyes romanas antiguas publicadas, enumera las colonias romanas a las que se les concedió el privilegio de Ius Italicum. [4] Esta lista comprende 16 colonias fundadas por Augusto César: Berytus , Apamea , Sinope, Philippi , Alexandria Troas , Dyrrhacium , Pax Julia , Emerita , Valentia , Ilici , Lugdunum , Viena , Cassandrea , Dium , Parium , Antioquía de Pisidia . Augusto también promulgó la ley de Ius Italicum en las siguientes ciudades para albergar su legión militar: Arausio , Baeterrae, Barcino , Caesaraugusta , Cartenna , Corduba , Forum Julii , Gunugu , Narbo , Patrae , Rusazu , Rusguinae, Saldae , Thermae Himeraeae , Thuburbo Minus , Thuburnica , Tubusuctu y Uthina . [4] Proporcionar tierras a los veteranos era una alta prioridad para Augusto y se refleja en el número de colonias que recibieron Ius Italicum. Esta ley se llevó a cabo con moderación, ya que era económicamente costosa para el Imperio Romano debido a que el imperio no podía recibir impuestos de las ciudades bajo esta ley.

Promulgación de la Ley por parte de emperadores posteriores

Septimio Severo , un emperador de origen africano, concedió el Ius Italicum a varios municipios romanos en África, incluido el suyo. Los efectos de esto fueron que sus tierras, aunque estaban fuera de los límites físicos de Roma, quedarían bajo la ley romana. [5] La colonia de Cartago fue fundada por César , refundada por Augusto y recibió el Ius Italicum por Septimio Severo. Después de una guerra civil en la que Grecia cooperó con Severo, concedió a varias ciudades más este honor como recompensa.

Según el Digesto , bajo el gobierno de Claudio se sabe que se fundaron y recibieron el Ius Italicum los Flavios, Trajano y Ara Agrippinensium y otras tres colonias. En su Historia natural (3.25), Plinio añade Acci y Libisosa a la lista de ciudades augustas que poseían el Ius Italicum. [4] Más tarde, Trajano fundó dos colonias en el Danubio, una de las cuales, Colonia Ulpia Traiana Augusta Dacica Sarmizegetusa , también recibió este honor. [4]

Referencias

  1. ^ David S. Potter (3 de enero de 2014). El Imperio romano en la mira, 180-395 d. C., Routledge, pp. 65-69. ISBN 978-1-134-69484-6.
  2. Basil Lanneau Gildersleeve; Charles William Emil Miller; Tenney Frank; Benjamin Dean Meritt; Harold Fredrik Cherniss; Henry Thompson Rowell (1895). Revista estadounidense de filología. Prensa de la Universidad Johns Hopkins. págs. 383–.
  3. ^ Nicholas, Barry. "ius Italicum". Oxford Classical Dictionary . Consultado el 11 de noviembre de 2020.
  4. ^ abcd Watkins, Thomas H. (1983). "Coloniae y Ius Italicum en el Imperio temprano". The Classical Journal . 78 (4): 319–336. ISSN  0009-8353. JSTOR  3296773.
  5. ^ John Roberts. "Iūs Italicum". Diccionario Oxford del mundo clásico (2007): Diccionario Oxford del mundo clásico, 1 de enero de 2007. Web.