En la ley de fideicomisos , un instrumento de fideicomiso (también llamado a veces escritura de fideicomiso , cuando se ejecuta mediante escritura ) es un instrumento escrito ejecutado por un otorgante que se utiliza para constituir un fideicomiso. Los instrumentos de fideicomiso generalmente solo se utilizan en relación con un fideicomiso inter vivos ; los fideicomisos testamentarios generalmente se crean en virtud de un testamento . [a]
Aunque en la mayoría de los sistemas jurídicos existen ciertas formalidades asociadas con la constitución de un fideicomiso, la mayoría de los sistemas jurídicos imponen pocas estructuras, si es que imponen alguna, en el instrumento del fideicomiso en sí. Históricamente, el concepto de fideicomiso es la intervención de los tribunales de equidad para impedir que un propietario legal trate la propiedad como si fuera de su propiedad; siempre que exista esa situación, surge un fideicomiso a pesar de cualquier falta de formalidad en relación con la forma del instrumento del fideicomiso.
Sin embargo, a pesar del enfoque flexible adoptado por la ley, la profesión jurídica ha adoptado un enfoque extremadamente formalizado respecto de los instrumentos fiduciarios. No sólo se ejecutan siempre bajo sello como escritura, sino que con frecuencia el fondo fiduciario inicial (normalmente un importe nominal) se fija físicamente al propio instrumento fiduciario para demostrar que se transfirió la propiedad fiduciaria inicial. [1]
Han surgido algunas prácticas ligeramente inusuales en relación con la redacción de instrumentos de fideicomiso que, nuevamente, son estrictamente respetadas por los profesionales en muchos países de derecho consuetudinario (aunque no en los EE. UU.). Por ejemplo, los contratos de fideicomiso generalmente evitan toda puntuación (incluidos los puntos) -para evitar confusiones, todas las oraciones nuevas comienzan con un nuevo párrafo numerado. Las fechas, incluidos los años, se escriben convencionalmente con palabras en lugar de usar números.
Parte de la excesiva formalización que acompaña a la creación de fideicomisos se justifica por las importantes implicaciones fiscales que pueden surgir si un fideicomiso se declarase posteriormente nulo , ya que la mayoría de los instrumentos de fideicomiso redactados profesionalmente se preparan como parte de planes de mitigación fiscal .
La mayoría de las jurisdicciones no exigen que los instrumentos de fideicomiso se presenten públicamente (a diferencia de los testamentos), pero en muchas jurisdicciones están sujetos al pago de un impuesto de timbre .
Las disposiciones de un instrumento de fideicomiso variarán según el tipo de fideicomiso y la naturaleza de la propiedad del fideicomiso.
Sin embargo, en general, la mayoría de los instrumentos de fideicomiso tendrán disposiciones que aborden los siguientes aspectos de la administración del fideicomiso:
La mayoría de los instrumentos fiduciarios también tendrán dos cronogramas: