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Insolvencia transfronteriza

La insolvencia transfronteriza (a veces llamada insolvencia internacional ) regula el tratamiento de los deudores en dificultades financieras cuando dichos deudores tienen activos o acreedores en más de un país. [1] Normalmente, la insolvencia transfronteriza se refiere más a la insolvencia de empresas que operan en más de un país que a la quiebra de individuos. Al igual que las normas tradicionales sobre conflictos de leyes , la insolvencia transfronteriza se centra en tres áreas: normas de elección de ley, normas de jurisdicción y normas de ejecución de sentencias. [2] Sin embargo, en relación con la insolvencia, el enfoque principal tiende a ser el reconocimiento de los funcionarios de insolvencia extranjeros y sus poderes.

Teorías de la insolvencia transfronteriza

En términos generales, existen tres enfoques para la administración de la insolvencia transfronteriza: [3]

El enfoque universalista sigue siendo en gran medida un ideal holístico y, en su mayor parte, los países se dividen entre aquellos que tienen un enfoque puramente territorial y aquellos que aplican algún tipo de enfoque híbrido.

Desarrollo

Históricamente, la mayoría de los sistemas legales se han desarrollado sobre una base territorial, y esto es tan cierto en relación con las leyes de quiebras como en otras áreas. Sin embargo, desde una etapa temprana ha habido intentos poco sistemáticos de desarrollar una cooperación transfronteriza en asuntos de insolvencia. [6]

Pero desde una etapa relativamente temprana, las jurisdicciones de derecho consuetudinario reconocieron la conveniencia de garantizar que los funcionarios de insolvencia de diferentes jurisdicciones recibieran el apoyo necesario para permitir la administración eficiente de los patrimonios. Según la ley inglesa, uno de los primeros casos registrados fue Solomons v Ross (1764) 1 H Bl 131n. En aquel caso se declaró en quiebra una empresa de los Países Bajos y se designaron cesionarios. Un acreedor inglés había iniciado un procedimiento de embargo en Inglaterra para embargar ciertas sumas adeudadas a la empresa holandesa, pero Bathurst J sostuvo que la quiebra había conferido todos los activos de la empresa (incluidas las deudas de los deudores ingleses) a los cesionarios holandeses, y el acreedor inglés tuvo que entregar los frutos del procedimiento de embargo y probar en la quiebra holandesa. En Re African Farms 1906 TS 373, una empresa inglesa con activos en la colonia de Transvaal estaba en liquidación en Inglaterra, y el presidente del Tribunal Supremo de Transvaal confirmó que el liquidador inglés sería reconocido y que "el reconocimiento que conlleva la asistencia activa del tribunal", y que la asistencia activa podría incluir: "Una declaración, en efecto, de que el liquidador tiene derecho a tratar los activos de Transvaal de la misma manera que si estuvieran dentro de la jurisdicción de los tribunales ingleses, sujeto únicamente a tales condiciones que el tribunal pueda imponer para la protección de los acreedores locales, o en reconocimiento de los requisitos de nuestras leyes locales". En Galbraith contra Grimshaw [1910] AC 508, Lord Dunedin declaró que debería haber sólo un proceso universal de distribución de los bienes de una persona en quiebra y que, cuando dicho proceso estuviera pendiente en otro lugar, los tribunales ingleses no deberían permitir que las acciones en su jurisdicción interfirieran con ese proceso. [11]

Sin embargo, los primeros avances significativos en relación con los regímenes de insolvencia transfronterizos que fueron ampliamente adoptados fueron (1) la Ley Modelo de la CNUDMI y (2) el Reglamento CE sobre Procedimientos de Insolvencia de 2000.

Regímenes modernos

Dos regímenes actuales para las insolvencias internacionales se han implementado sobre una base más amplia que regional: la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Insolvencia Transfronteriza y el Reglamento de la CE sobre Procedimientos de Insolvencia de 2000. [12] Ambos regímenes ubican el centro de interés principal (o " COMI") del deudor.

La Ley Modelo de la CNUDMI

La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional adoptó una ley modelo relativa a la insolvencia transfronteriza el 30 de junio de 1997. [13] En la actualidad, 46 jurisdicciones han implementado sustancialmente la Ley Modelo en su legislación interna, incluidos varios estados con economías importantes y grandes volúmenes de comercio transfronterizo, como Estados Unidos, Japón, Reino Unido, Australia y Canadá, así como economías emergentes líderes como México y Sudáfrica .

El concepto básico de la Ley Modelo es establecer cuáles son los "procedimientos principales" en relación con cualquier insolvencia internacional. Todos los demás procedimientos se denominan "procedimientos no principales". El procedimiento principal se inicia donde el deudor tiene su centro de interés principal, o "COMI". [13] El procedimiento no principal podrá iniciarse en cualquier lugar donde el deudor tenga un establecimiento comercial. La Ley Modelo no requiere reciprocidad entre estados, pero se centra en (i) garantizar que los estados brinden asistencia a los funcionarios de insolvencia de otros países en relación con los procedimientos principales y no principales, y (ii) eliminar las preferencias de los acreedores locales sobre los internacionales. . [14]

Los siguientes países han implementado sustancialmente la Ley Modelo en su legislación interna. [15]

Reglamento CE sobre procedimientos de insolvencia de 2000

El Reglamento CE sobre Procedimientos de Insolvencia de 2000 se aprobó el 29 de mayo de 2000 y entró en vigor el 31 de mayo de 2002. [19] El Reglamento CE, como su nombre indica, opera entre los estados miembros de la Unión Europea y se centra en la creación de un marco para la iniciación de procedimientos y para el reconocimiento automático y la cooperación entre los distintos estados miembros. Inusualmente para una regulación europea, el Reglamento de Insolvencia de la CE no busca armonizar las leyes de insolvencia entre los diferentes estados miembros.

Al igual que la Ley Modelo de la CNUDMI, el Reglamento de la CE también emplea el concepto de centro de interés principal (o "COMI"). La definición de COMI se deja a criterio de los Estados miembros a la hora de aplicar el Reglamento, pero el párrafo (13) del preámbulo establece: "El "centro de los principales intereses" debe corresponder al lugar donde el deudor lleva a cabo la administración de sus intereses en periódicamente y, por lo tanto, es comprobable por terceros.» Si el COMI de una entidad está fuera de la Unión Europea, el procedimiento de insolvencia no está sujeto al Reglamento. [20] En relación con las empresas, existe la presunción de que el domicilio social es el COMI de la empresa, pero esta presunción puede ser (y a menudo es) refutada . [21]

El Reglamento de la UE no define la insolvencia, pero sí define los procedimientos de insolvencia como "...procedimientos de insolvencia colectiva que implican la desinversión parcial o total de un deudor y el nombramiento de un síndico". [22] El artículo 3 divide el procedimiento en procedimiento principal y procedimiento territorial. Los procedimientos principales tienen efecto extraterritorial en toda la Unión Europea. Una de las preocupaciones expresadas en relación con el Reglamento de la CE es que (aparte de una referencia al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ) no proporciona ningún mecanismo para determinar qué conjunto de procedimientos son los principales si dos o más jurisdicciones afirman que sus procedimientos son los principales. actas. [23] [24]

Áreas de conflicto

En cualquier intento de armonizar o facilitar la administración transfronteriza de empresas insolventes, los regímenes nacionales de insolvencia pueden adoptar enfoques muy divergentes en ciertos puntos clave:

Referencias

  1. ^ Ian Fletcher (2005). Insolvencia en Derecho Internacional Privado (2ª ed.). Prensa de la Universidad de Oxford . ISBN 978-0199262502.
  2. ^ Andrew Keay y Peter Walton (2011). Ley Concursal (2ª ed.). Jordans. pag. 385.ISBN 978-1846611193.
  3. ^ Andrew Keay y Peter Walton (2011). Ley Concursal (2ª ed.). Jordans. pag. 386.ISBN 978-1846611193.
  4. ^ Jay Westbrook (2000). "Solución global al incumplimiento multinacional" (PDF) . Revisión de la ley de Michigan . 98 (7): 2276–2328. doi :10.2307/1290306. JSTOR  1290306. Archivado desde el original (PDF) el 23 de junio de 2015.
  5. ^ Lynn LoPucki (1999). "Cooperación en materia de quiebras internacionales: un enfoque posuniversalista" (PDF) . Revisión de la ley de Cornell . 86 : 696.
  6. ^ Andrew Keay y Peter Walton (2011). Ley Concursal (2ª ed.). Jordans. pag. 387.ISBN 978-1846611193.
  7. ^ Wyndham Bewes (1920). «Los Tratados de Montevideo (1889)». Transacciones de la Sociedad Grotius . 6 : 59–79. JSTOR  742785.
  8. ^ Philip Wood (2007). Principios de la Insolvencia Internacional. 29-080: Dulce y Maxwell . ISBN 9781847032102. Consultado el 23 de junio de 2015 .{{cite book}}: Mantenimiento CS1: ubicación ( enlace )
  9. ^ Carl Hugo Parment. "La Convención Nórdica sobre Quiebras: Introducción" (PDF) . Archivado desde el original (PDF) el 23 de junio de 2015 . Consultado el 23 de junio de 2015 .
  10. ^ Elizabeth Somers (2011). "La Ley Modelo de Cooperación Internacional en materia de Insolvencia: una propuesta internacional de legislación nacional". Revista de Derecho Internacional de la Universidad Americana . 6 (4): 677.
  11. ^ "Ahora, en lo que respecta al principio general, es bastante consistente con la cortesía de las naciones que debería ser una regla de derecho internacional que si el tribunal determina que ya hay pendiente un proceso de distribución universal de los efectos de una quiebra, debería No permitirá que en su territorio se adopten medidas que interfieran con ese proceso de distribución universal". en 513
  12. ^ N° 1346/2000
  13. ^ ab "Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Insolvencia Transfronteriza (1997)". CNUDMI . Consultado el 7 de junio de 2015 .
  14. ^ Ley Modelo, Artículo 13, párrafo 2
  15. ^ "Situación: Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Insolvencia Transfronteriza (1997)". CNUDMI . Consultado el 21 de junio de 2018 .
  16. ^ Aunque las Islas Vírgenes Británicas han promulgado disposiciones de la Ley Modelo como Parte XVIII de la Ley de Insolvencia de 2003 (que entró en vigor el 1 de enero de 2004), esa Parte aún no ha entrado en vigor. Véase en general: Ley de quiebras de las Islas Vírgenes Británicas .
  17. ^ Ver Ley de insolvencia del Reino Unido - Insolvencia internacional
  18. ^ Consulte el Capítulo 15, Título 11, Código de los Estados Unidos .
  19. ^ "Reglamento (CE) nº 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia". Eur-Lex . Consultado el 23 de junio de 2015 .
  20. ^ Re the Arena Corporation Ltd [2003] EWHC 3032 (Ch.), confirmado en apelación ([2004] EWCA Civ 371).
  21. ^ Re Agencias de suscripción AIM [2004] EWHC Civ 2114; Re TXU Europe German Finance BV [2005] BCC 90.
  22. ^ Artículo 1 (1).
  23. ^ Re Eurofood IFSC Ltd (Asunto C-341/04), [2006] Rec. 1-701
  24. ^ Andrew Keay y Peter Walton (2011). Ley Concursal (2ª ed.). Jordans. pag. 400.ISBN 978-1846611193.
  25. ^ En una liquidación insolvente, los bancos que ofrecen financiación mediante préstamos suelen ser acreedores clave. Del mismo modo, la mayoría de las empresas también tienen el efectivo en el banco como uno de sus activos. La capacidad de los bancos para compensar esas sumas puede ser un factor importante.