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Instrumento de confianza

En la ley de fideicomisos , un instrumento de fideicomiso (también llamado a veces escritura de fideicomiso , cuando se ejecuta mediante escritura ) es un instrumento escrito ejecutado por un fideicomitente que se utiliza para constituir un fideicomiso. Los instrumentos fiduciarios generalmente sólo se utilizan en relación con un fideicomiso inter vivos ; Los fideicomisos testamentarios generalmente se crean bajo un testamento . [a]

Formalidades

Aunque en la mayoría de los sistemas legales existen ciertas formalidades asociadas con la liquidación de un fideicomiso, la mayoría de los sistemas legales imponen pocas estructuras, si es que alguna, al instrumento del fideicomiso en sí. Históricamente, el concepto de fideicomiso es la intervención de los tribunales de equidad para evitar que un propietario legal trate la propiedad como si fuera suya; siempre que exista un estado de cosas, un fideicomiso surge sin perjuicio de cualquier falta de formalidad en relación con la forma del instrumento fiduciario.

Sin embargo, a pesar del enfoque flexible adoptado por la ley, característicamente la profesión jurídica ha adoptado un enfoque extremadamente formalizado respecto de los instrumentos fiduciarios. No solo siempre se ejecutan invariablemente bajo sello como escritura, sino que con frecuencia el fondo fiduciario inicial (generalmente una cantidad nominal) en realidad se fijará físicamente al instrumento del fideicomiso mismo para demostrar que la propiedad del fideicomiso inicial fue transferida. [1]

Han surgido algunas prácticas ligeramente inusuales en relación con la redacción de instrumentos fiduciarios que, nuevamente, son estrictamente respetados por los profesionales en muchos países de derecho consuetudinario (aunque no en los EE. UU.). Por ejemplo, las escrituras de fideicomiso generalmente evitarán toda puntuación (incluidos los puntos); para evitar confusión, todas las oraciones nuevas comienzan con un párrafo nuevo numerado. Las fechas, incluidos los años, se expresan convencionalmente con palabras en lugar de utilizar cifras.

Parte de la formalización excesiva que acompaña a la creación de fideicomisos se justifica por las importantes implicaciones fiscales que pueden derivarse si un fideicomiso se declara nulo posteriormente , ya que la mayoría de los instrumentos fiduciarios redactados profesionalmente se preparan como parte de esquemas de mitigación fiscal .

La mayoría de las jurisdicciones no exigen que los instrumentos fiduciarios se presenten públicamente (a diferencia de los testamentos). Pero en muchas jurisdicciones están sujetos al impuesto de timbre .

Provisiones

Las disposiciones de un instrumento de fideicomiso variarán según el tipo de fideicomiso y la naturaleza de los bienes del fideicomiso.

Sin embargo, en general, la mayoría de los instrumentos de fideicomiso tendrán disposiciones que aborden los siguientes aspectos de la administración del fideicomiso:

  1. El nombre de la liquidación y las definiciones y disposiciones de interpretación.
  2. La naturaleza jurídica del fideicomiso (es decir, un fideicomiso para la venta)
  3. Facultades para agregar y excluir beneficiarios
  4. Fideicomisos sobre bienes agregados al fondo fiduciario
  5. Poder de nombramiento (es decir, distribución)
  6. Fideicomisos en incumplimiento de nombramiento y, en ocasiones, fideicomisos en incumplimiento final
  7. Facultades administrativas generales de los patronos
  8. Poder de mantenimiento extendido
  9. Poder extendido de avance
  10. Por lo general, una cláusula de cobro del fiduciario
  11. Reglamento del nombramiento de nuevos patronos
  12. La ley , el foro y el lugar de administración adecuados para el acuerdo
  13. A menudo, una exclusión del fideicomitente (y del cónyuge) de beneficiarse del fideicomiso (cuando sea necesario por motivos fiscales)
  14. Generalmente, una indemnización para los fideicomisarios con cargo al fondo fiduciario.

La mayoría de los instrumentos fiduciarios también tendrán dos esquemas:

  1. un cronograma que establece los poderes de los fideicomisarios (a menudo además de cualquier poder otorgado o implícito por ministerio de la ley)
  2. un resumen del fondo fiduciario inicial (normalmente una cantidad nominal de dinero)

Ver también

Notas a pie de página

  1. ^ El importante fondo fiduciario generalmente se agrega más tarde mediante una escritura de incorporación.
  1. ^ Aunque no siempre. Es posible que el fallecido transfiera propiedades a los fideicomisarios en caso de muerte, lo que perfecciona un fideicomiso. Véase también fideicomisos secretos .

Referencias