Una mense (del latín mensa 'mesa') es el nombre de una forma de renta eclesiástica en la Iglesia católica. Históricamente, la mense era un impuesto territorial cuya renta se utilizaba como ingreso para su titular (es decir , obispo , abad , canónigos o monjes , pastor , etc.). En una abadía este apoyo se llamaba In commendam y se dividía en tres lotes, uno para el abad comendatario, otro para la comunidad religiosa y otro destinado al pago de gastos. [1]
En la iglesia primitiva, toda la propiedad de una diócesis estaba en manos de la iglesia catedral y era administrada por el obispo local . El obispo administraba los recursos él mismo, a través de su œconomus o sus diáconos. El clero local recibía una parte de los ingresos mediante una fórmula dictada localmente o a discreción del obispo. [2] A medida que la iglesia crecía, las parroquias fuera de la ciudad episcopal comenzaron a administrar su propia riqueza y propiedad. Después del siglo V , los obispos comenzaron a otorgar propiedades de la iglesia a los clérigos locales a modo de " precarium " (es decir, una concesión de tierras revocable) que podían usar para su propio sustento. Con el tiempo, estas concesiones de tierras fueron abusadas y, en respuesta, surgió la mense durante el gobierno de la dinastía carolingia . [2]
La mensa es aquella parte de la propiedad de una iglesia que se destina a cubrir los gastos, ya sea del prelado o de la comunidad religiosa [ desambiguación necesaria ] , que sirven a la iglesia y son administrados a su discreción. [2] En una catedral, en la que participan tanto el obispo como un capítulo , la "mensa episcopal" del obispo es distinta de la del capítulo. [2]
La mensa episcopal (latín: mensa episcopalis) es el apoyo material de una diócesis católica para el sostenimiento y mantenimiento del obispo local , o bien al abad , su residencia, y la curia diocesana . [3] Aunque está regida por el derecho canónico , [4] en países como Francia e Italia , también está regulada por el derecho público. [5]
La mensa capitular (latín: mensa capitularis), es la parte de los ingresos eclesiásticos destinada al mantenimiento y sostén de los canónigos o monjes . La división de la mensa capitular entre cada canónigo se llama prebenda . Después de la Controversia de las Investiduras en el siglo XII , estos ingresos se volvieron insuficientes y se complementaron con la adición de beneficios parroquiales y capellanías a las prebendas canónicas . [3]
La mensa curial (latín: mensa curialis) es el apoyo que se da al párroco o al ministro. Es administrada por el párroco, bajo la supervisión del obispo y del consejo parroquial. [2]
Con el decreto di erezione di ciascun Istituto sono contestualmente estinti la mensa vescovile, i benefici capitolari, parrocchiali, vicariali curati o comunque denominati, esistenti nella diocesi
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: Mantenimiento de CS1: falta la ubicación del editor ( enlace )Este artículo incorpora texto de una publicación que ahora es de dominio público : Herbermann, Charles, ed. (1913). "Mensa, Mensal Revenue". Enciclopedia Católica . Nueva York: Robert Appleton Company.